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Cómo son las categorías del monotributo 2022

Debido a la elevada inflación, el Congreso aprobó una ley de alivio fiscal que incluye algunos beneficios para los monotributistas

El monotributo es uno de los regímenes más importantes del país
El monotributo es uno de los regímenes más importantes del país
Ian Muñoz Pederzoli 22 noviembre de 2022

El monotributo es un tributo creado como una solución para que los pequeños contribuyentes paguen sus impuestos. Como su palabra lo indica, es un único tributo unificado que se paga de forma fija y mensual, incluyendo el componente previsional, es decir, obra social y jubilación.

A diferencia del régimen general, en el que los contribuyentes pagan IVA de acuerdo con sus ventas (y deben recurrir a la ayuda de un contador público debido a su complejidad), el monotributo tiene distintas categorías en las que, si en los últimos 6 meses se supera el límite establecido, se pasa a la siguiente categoría o viceversa, si en los últimos 6 meses se facturó por debajo del mínimo de esa categoría, se desciende de categoría.

En el caso de los contribuyentes que superen la máxima categoría establecida (H para prestación de servicios y K para inmuebles), pasarán a ser responsables inscriptos. Por este motivo, si eres monotributista, es importante que conozcas las categorías actualizadas del monotributo.

Monotributo 2022: cómo quedaron las categorías

Con los últimos cambios, las categorías quedan de la siguiente forma:

  • Categoría A: corresponde a ingresos brutos anuales de hasta $748.382.07, lo que, en promedio, serán $62.365,1725 mensuales. La superficie afectada al negocio no puede superar los 30 metros cuadrados, el consumo eléctrico anual no puede superar los 3330 KW y los alquileres devengados anualmente no pueden superar los $133.455,58. Por otra parte, al igual que en todas las categorías de monotributo, en el caso de la venta de bienes muebles, ningún artículo podrá superar el valor de $49.646,21. Tanto en la locación y prestación de servicios la cuota mensual es de $3.334,24 al igual que la venta de bienes muebles. Sin embargo, en esta categoría, se puede acceder al "alivio fiscal" que nos permitirá no abonar el componente impositivo de $288,07, haciendo que el abono mensual sea de $3046,17.
  • Categoría B: corresponde a ingresos brutos anuales de hasta $ 1.112.459,83, lo que, en promedio serían $92704,98 mensuales aproximadamente. La superficie afectada al negocio no puede superar los 45 metros cuadrados, el consumo eléctrico anual no puede superar los 5000 KW y los alquileres devengados anualmente no pueden superar los $133.455,58. Tanto en la locación como en la prestación de servicios, la cuota mensual es de $3728,29 al igual que la venta de bienes muebles. Sin embargo, en esta categoría, se puede acceder al "alivio fiscal" que nos permitirá no abonar el componente impositivo de $555,02, por lo que, la cuota final será de $3.173,27.
  • Categoría C: corresponde a ingresos brutos anuales de hasta $ 1.557.443,75, lo que, en promedio, serían $129.786,98 mensuales aproximadamente. La superficie afectada al negocio no puede superar los 60 metros cuadrados, el consumo eléctrico anual no puede superar los 6700 KW y los alquileres devengados anualmente no pueden superar los $ 266.911,14. Tanto en la locación como en la prestación de servicios, la cuota mensual es de $ 4.262,11. En el caso de la venta de bienes muebles, la suma desciende a los $4.190,06.
  • Categoría D: corresponde a ingresos brutos anuales de hasta $ 1.934.273,04 lo que, en promedio, serían $161.189,34 mensuales aproximadamente. La superficie afectada al negocio no puede superar los 85 metros cuadrados, el consumo eléctrico anual no puede superar los 10000 KW y los alquileres devengados anualmente no pueden superar los $ 266.911,14. Tanto en la locación como en la prestación de servicios, la cuota mensual es de $ 5.025,96. En el caso de la venta de bienes muebles, la suma desciende a los $ 4.907,34.
  • Categoría E: corresponde a ingresos brutos anuales de hasta $ 2.277.684,56 lo que, en promedio, serían $189.807,04 mensuales aproximadamente. La superficie afectada al negocio no puede superar los 110 metros cuadrados, el consumo eléctrico anual no puede superar los 13000 KW y los alquileres devengados anualmente no pueden superar los $ 332.579,74. Tanto en la locación como en la prestación de servicios, la cuota mensual es de $ 6.601,71. En el caso de la venta de bienes muebles, la suma desciende a los $ 5.936,55.
  • Categoría F: corresponde a ingresos brutos anuales de hasta $ 2.847.105,70 lo que, en promedio, serían $237258,80 mensuales aproximadamente. La superficie afectada al negocio no puede superar los 150 metros cuadrados, el consumo eléctrico anual no puede superar los 16500 KW y los alquileres devengados anualmente no pueden superar los $ 333.638,90. Tanto en la locación como en la prestación de servicios, la cuota mensual es de $ 7.902,06. En el caso de la venta de bienes muebles, la suma desciende a los $ 6.825,92.
  • Categoría G: corresponde a ingresos brutos anuales de hasta $ 3.416.526,83 lo que, en promedio, serían $284710,57 mensuales aproximadamente. A partir de esta categoría, la superficie afectada al negocio no puede superar los 200 metros cuadrados, como tampoco el consumo eléctrico anual puede superar los 20.000 KW. En el caso de los alquileres devengados anualmente, estos no pueden superar los $ 400.366,71. Tanto en la locación como en la prestación de servicios, la cuota mensual es de $ 9216,76 En el caso de la venta de bienes muebles, la suma desciende a los $ 7772,01
  • Categoría H: corresponde a ingresos brutos anuales de hasta $ 4.229.985,60 lo que, en promedio, serían $352.498 mensuales aproximadamente. A partir de esta categoría hasta la última, los alquileres devengados anualmente no pueden superar los $ 533.822,27. Además, se trata de la última categoría para la locación como la prestación de servicios. En este caso, la cuota mensual es de 16.114,67, mientras que, en el caso de la venta de bienes muebles, la suma desciende a los $ 13.445,60.
  • Categoría I: corresponde a ingresos brutos anuales de hasta $ 4.734.330,03 lo que, en promedio, serían $394.527,50 mensuales aproximadamente. La cuota mensual es únicamente para la venta de bienes muebles y se deberá abonar $19.328,05.
  • Categoría J: corresponde a ingresos brutos anuales de hasta $ 5.425.770,00 lo que, en promedio, serían $452.147,5 mensuales aproximadamente. La cuota mensual es únicamente para la venta de bienes muebles y se deberá abonar $ 22.197,62.
  • Categoría K: es la última categoría del monotributo, por lo que, de superarse, automáticamente seremos responsables inscriptos. Corresponde a ingresos brutos anuales de hasta $ 6.019.594,89 lo que, en promedio, serían $501.632,90 mensuales aproximadamente. La cuota mensual es únicamente para la venta de bienes muebles y se deberá abonar $ 25.090,13.

Cabe recordar que, tanto para la recategorización como para pasar a responsable inscripto, se toman en cuenta los montos anuales y no los mensuales. Es decir, los montos mensuales son un cálculo que se puede tener de referencia, por lo que, si algún mes los superás, pero no excediste el monto de la categoría, entonces no te corresponderá recategorizarte o perder la condición de monotributista.

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