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En el mundo del metaverso, el futuro va en ascensor y las leyes por la escalera

La legislación tiene que acompañar estos grandes avances tecnológicos para evitar los abusos y el correcto uso de las nuevas herramientas

En el mundo del metaverso, el futuro va en ascensor y las leyes por la escalera
Melina Sánchez 22 mayo de 2023

Todos hemos escuchado hablar -en mayor o menor medida- sobre metaverso, aunque quizás sean las nuevas generaciones quienes estén más amigadas con la idea de la incorporación de esta tecnología a la vida cotidiana. 

Si bien a algunas personas suele sonarles como algo "del futuro", la realidad es que está presente y ya es parte de la rutina de mucha gente. Entonces, ¿qué es exactamente? 

Al metaverso se lo puede explicar como un "mundo digital" al que se accede mediante algunos dispositivos, en donde se ve la realidad que se pretende (por ejemplo, una oficina, el comedor de una casa, una playa, etc.).

Allí los usuarios interactúan con otros a través de avatares que representan los movimientos y gestos de cada uno de ellos y, por tanto, se percibe totalmente real esa comunicación. 

La "nueva" oficina

En el mundo laboral, hay empresas que ya están adoptando el uso del metaverso. Es un paso más allá de la virtualidad que incorporó la gran mayoría de las compañías a partir de la pandemia. 

Actualmente, herramientas como Meet o Zoom, que son muy utilizadas para llevar a cabo reuniones, son vistas como despersonalizadas o que generan cierta distancia entre las partes. 

El metaverso, por el contrario, genera cercanía. Esto es así dado que se pueden simular reuniones presenciales, en donde los usuarios "sienten" a los otros al entrar en esa sala virtual. 

Estos puntos suenan (y son) muy interesantes. Sin embargo, existen otros factores importantes que hay que considerar desde el punto de vista legal. 

Por un lado, desde el ámbito profesional, puede existir una videovigilancia excesiva ya que se puede acceder a todo lo que haga el trabajador y eso estaría violando el derecho a la intimidad que consagra la Constitución. 

Al respecto, la ley vigente de teletrabajo establece que el empleador no puede usar software que vulnere este precepto. Sin embargo, el metaverso aún no tiene una normativa específica que regule estas cuestiones. 

En igual sentido, el derecho a la desconexión digital es uno los puntos que deben contemplarse ya que este mundo virtual complicaría aún más la distinción entre lo real y lo virtual. 

Existen varios estudios que revelan el agotamiento de las personas en el entorno digital. Esta problemática incide, lógicamente, en los empleados, ya que el trabajo ocupa gran parte del día. 

La punta del iceberg

Uno de los primeros acercamientos de la ley a este nuevo universo tuvo lugar en Nueva York, cuando la Justicia falló a favor de la compañía MetaBirkin, que había alegado la infracción de los derechos de su marca registrada.

En la causa, la empresa declaró que se estaban vendiendo bolsos virtuales del modelo "Birkin" en formato NFT (que son representaciones de activos digitales y físicos, que utilizan la misma tecnología que las criptomonedas y que se pueden comercializar). 

Este es un caso que ha resonado, no sólo por lo llamativo de la demanda, sino porque fue la primera vez en la que se le da lugar a una indemnización por la vulneración de derechos en un entorno virtual.

Por supuesto que no todo es malo en este ambiente: tanto el metaverso como el teletrabajo nos ofrecen la comodidad como uno de los principales beneficios para los trabajadores y para la sociedad en general. 

No hay que olvidar que permiten que las personas se encuentran en distintos lugares para interactuar. Es decir, ya no es necesario estar en la misma habitación física para poder llevar adelante una reunión. 

Sin embargo, no caben dudas que la legislación tiene que acompañar estos grandes avances tecnológicos para evitar los abusos y el correcto uso de las nuevas herramientas.

Más si consideramos los aspectos jurídicos que existen en estos negocios, como la compra y venta de activos digitales que, a la fecha, no cuentan con seguridad jurídica por su falta de regulación. 

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