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Blanqueo 2023: un plato al que le faltan sus ingredientes esenciales

En lugar de atacar la causa desencadenante del problema, la solución que propone la política consiste en promover esquemas de perdón fiscal para que este círculo se siga retroalimentando.

Es clave, entonces, que el blanqueo venga acompañado de una reducción de la presión fiscal en general y sobre los bienes en particular
Es clave, entonces, que el blanqueo venga acompañado de una reducción de la presión fiscal en general y sobre los bienes en particular
Lucas Gutiérrez 04 enero de 2023

Los regímenes de blanqueo tienen como objetivo primordial generar recursos tributarios frescos para las arcas del Estado. 

En esencia es impuesto que se paga en reemplazo de otros impuestos no ingresados vinculados con los activos no declarados y con las actividades y rentas que los han originado.

En Argentina este tipo de regímenes son moneda corriente y forman parte de un círculo vicioso que se compone de los siguientes factores: 

  1. Gasto público descontrolado.
  2. Excesiva presión fiscal vertical y horizontal (tributos locales y nacionales) para financiar el déficit fiscal.
  3. Huida de capitales y oscurantismo fiscal como medio de supervivencia de patrimonios y empresas.
  4. Blanqueos y moratorias para que vuelva a girar la rueda.

Así, en lugar de atacar la causa desencadenante del problema, la solución que propone la política consiste en promover esquemas de perdón fiscal para que este círculo se siga retroalimentando, generando además una condenable situación de iniquidad tributaria con aquellos contribuyentes que -con enrome sacrifico- honran sus obligaciones fiscales. 

Con todo, el éxito de los regímenes de blanqueo depende de que se den -al menos- dos condiciones esenciales: a) percepción de riesgo por parte de los contribuyentes y b) reglas de juego razonables que, además, se cumplan.

Con relación a la primera condición referida, el ante proyecto de blanqueo que ha circulado en los medios de comunicación hace algunos días, apareció casi en simultáneo con la firma del acuerdo de intercambio automático de información financiera entre Estados Unidos y Argentina (Fatca modelo IGA I-A). Extraoficialmente, las autoridades tributarias de nuestro país han anunciado que el país del norte aprobó los protocolos de seguridad de datos requeridos en el acuerdo y el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto publicó en el Boletín Oficial del 2 de enero de 2023 la entrada en vigencia del Fatca a partir del 1° de enero de 2023.

Esto significa que, en 2024, el fisco argentino recibirá información financiera de sujetos residentes en el país de todo el año 2023 y así en adelante.

Para los contribuyentes argentinos que posean activos en instituciones financieras de EE.UU. sin declarar en nuestro país, la celebración de este acuerdo implica un riesgo real y objetivo de que éstos, tarde o temprano, sean detectados.

Pero ocurre que la "sensación de riesgo" que este acuerdo Fatca podría generar -lo mismo que la información que Argentina ya recibe de la red de intercambios automáticos de información suscriptos con otros países-, es condición necesaria más no suficiente.

Es que aun cuando la tasa del blanqueo prevista en el ante proyecto sea baja (con tramos de 2,5%, 5% y 7,50%; dependiendo de la fecha en la que el contribuyente realice la adhesión) y el impuesto a pagar por ese blanqueo resulte "barato", lo cierto es que la asfixiante presión fiscal sobre los activos en general y del exterior en especial, desincentiva esta opción.

Nótese que, a partir de ese hipotético momento (el de la adhesión al blanqueo), el contribuyente -persona humana- tributará anualmente por los activos financieros situados en el exterior (el impuesto sobre los Bienes Personales) una alícuota máxima del 2,25%. Moreleja: al cabo de pocos años el contribuyente habrá perdido bastante más de lo que obtuvo con el blanqueo, viendo licuarse buena parte de su capital.

Es clave, entonces, que el blanqueo venga acompañado de una reducción de la presión fiscal en general y sobre los bienes en particular y, por supuesto, generar el marco legal apropiado para que las nuevas reglas legales no puedan modificarse por un mínimo de tiempo porque a las palabras, se las lleva el viento.

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