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Amplían el acceso al mercado cambiario a empresas que inviertan desde US$ 500 millones para exportar

La normativa sostiene que los inversiones superiores a los US$ 500 millones podrán acceder a un beneficio ampliado por cada año en que no se hiciera uso del beneficio, independientemente de las razones que lo motiven

El BCRA reglamentó flexibilización al mercado a empresas que amplíen capacidad e
El BCRA reglamentó flexibilización al mercado a empresas que amplíen capacidad e -
16 diciembre de 2021

El BCRA reglamentó hoy el Decreto 836/2021 que dispuso mejores condiciones para el acceso al mercado de cambio de las empresas que realicen US$ 500 millones o más en inversiones con destino a ampliar la capacidad exportadora del país.

El decreto dispuso que los proyectos desarrollados en el marco de Régimen de Fomento de Inversión para las Exportaciones (Decreto 234/2021), que contempla a inversiones superiores a los US$ 500 millones, podrán acceder a un beneficio ampliado por cada año en que no se hiciera uso del beneficio, independientemente de las razones que lo motiven.

"La norma establece que los proyectos que contemplen inversiones entre US$ 500 millones y US$ 1.000 millones, por cada año en el que no se utiliza el beneficio podrán disponer durante 2 años calendario consecutivos del doble de acceso de libre aplicación de divisas obtenidas por las exportaciones vinculadas al proyecto, por hasta el 40% de la inversión", detalló el BCRA en un comunicado. En tanto, para las inversiones superiores, "el monto se eleva al triple del porcentaje previsto en el decreto 234/2021".

Asimismo, el BCRA dispuso en la reglamentación que el 40% se mida anualmente y que el acceso se libera transcurrido el segundo año desde el primer ingreso de divisas que dan inicio al proyecto, aunque en el caso de las inversiones superiores a los US$ 1.000 millones, el tope anual se eleva a 60%.

"Los fondos que no se utilicen podrán quedar depositados en cuentas en moneda extranjera en entidades locales o de corresponsales en el exterior o en cuentas bancarias en entidades financieras en el exterior que no estén constituidas en países o territorios donde no se aplican o no se aplican suficientemente las recomendaciones del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional)", agregó la autoridad monetaria.

El Gobierno amplió los beneficios contemplados en el Nuevo Régimen de Fomento de Inversiones para las Exportaciones a través del decreto 836 publicado el 9 de abril pasado en el Boletín Oficial. El destino de esos fondos puede ser el pago de capital e intereses de pasivos en el exterior, utilidades y dividendos de balances cerrados y auditados, y repatriación de inversiones directas de no residentes.

Entre los principales objetivos está dar previsibilidad a la inversión extranjera directa o la inversión nacional financiada con crédito externo, destinada a incrementar las exportaciones; permitir incrementar las exportaciones, crear más empleo, fortalecer la competitividad de diversos sectores económicos, fomentar un crecimiento económico sustentable y equitativo; y promover la sostenibilidad ambiental del país, las provincias y las distintas regiones.

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