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Nuevo cronograma para facturas de crédito

Los montos mínimos para usar el instrumento se irán reduciendo hasta llegar a $ 100.000 en diciembre.

04 junio de 2019

Por Ariel Bazán

A través de la resolución 17/2019 del Ministerio de Producción, el Gobierno estableció para las facturas de crédito pyme un nuevo cronograma de montos mínimos que se irá reduciendo gradualmente hasta diciembre.

Así, para fin de año esta factura será de uso obligatorio en todas las operaciones mayores a $ 100.000, un piso que hoy está en $ 6 millones y venía haciendo prácticamente nulo el uso del instrumento. De hecho, en los primeros tres meses de vigencia del régimen se emitieron menos de 600 facturas electrónicas y todavía ninguna se negoció en los mercados o las plataformas.

La factura de crédito electrónica permitirá dinamizar el financiamiento para las pymes, que dispondrán de un instrumento para el cobro anticipado de los créditos y documentos que tengan contra sus clientes. La pyme emisora podrá ir a un banco o al mercado de capitales a negociar el documento e, igual que con un cheque de pago diferido, la empresa grande deberá cancelarlo al vencimiento al que sea el portador.

“Lo más importante es que la pyme podrá tener un instrumento que de forma inmediata le permita hacerse de capital de trabajo para su giro habitual, algo que es el gran problema que tienen fundamentalmente las proveedoras de grandes empresas”, aseguró Rosana Montarcé, gerenta de Finanzas de la SGR Garantizar, a El Economista.

Antes de lanzar el sistema hace unos meses se pensaba usar incluir toda factura por más de $ 50.000 que una pyme le entregara a una empresa grande, pero Producción soprendió arrancando con un elevado monto mínimo de $ 6 M. Desde el Ministerio admitieron que “son muy pocas las operaciones” que pueden hacerse por esa cifra, pero lo justificaron en que “había que darle tiempo a las empresas para que adaptaran sus sistemas”.

En ese sentido, el secretario de Simplificación Productiva, Pedro Inchauspe, aseguró que el elevado monto inicial se decidió porque “las empresas necesitaban hacer un desarrollo de sistemas para implementarlos” y “muchas no llegaban”. Por eso, la resolución indica que las compañías grandes recién quedarán sujetas al régimen desde septiembre: esto permitirá que las que se vayan incorporando al sistema tengan julio y agosto para adecuar sus sistemas y procesos.

Cronograma y sectores

Con el nuevo cronograma, la obligatoriedad se inició este mes para determinadas actividades en facturas superiores a $ 6 millones y el importe se irá haciendo escalonadamente hasta diciembre a $ 2 millones, luego $ 1 millón y finalmente $ 100.000.

El monto mínimo facturado incluye no sólo el importe, sino también el IVA, percepciones y otros conceptos. Además, no se considerarán las notas de débito y crédito que pudieran corresponder por ajustes posteriores.

Inchauspe anticipó que para 2020 se estudia reducir aún mas los montos, para que por ejemplo una remisería pueda emitir facturas a una empresa grande por $ 20.000. Sin embargo, el sistema no asegura que las facturas electrónicas despeguen porque las grandes compañías pueden cancelar la deuda con cheques de pago diferido antes de los 30 días, algo que impediría a las pymes negociar el documento en el mercado.

Desde ayer, la factura electrónica comenzó a ser obligatoria para los sectores de energía y minería y en los próximos meses se sumarán:

Julio: Construcción, y transporte y almacenamiento.

Agosto: Servicios inmobiliarios, enseñanza; salud; servicios sociales, artísticos, culturales, deportivos y de esparcimiento; servicios de asociaciones y personales; y agropecuario.

Septiembre: Servicios de alojamiento y comida, profesionales, científicos y técnicos, de apoyo, información y comunicaciones, y actividades administrativas.

Octubre: Comercio mayorista y minorista.

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