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Bancos no podrán distribuir utilidades

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05 junio de 2020

El BCRA dispuso prorrogar hasta el 31 de diciembre la suspensión de la distribución de utilidades para todos los bancos y entidades financieras. La decisión fue adoptada en la reunión de directorio de la entidad monetaria e implica una extensión del plazo dispuesto inicialmente el 19 de marzo mediante la Comunicación “A” 6939.

En esa oportunidad, se suspendió la “distribución de resultados” para las entidades financieras hasta el 30 de junio. “La decisión está en línea con las medidas que tomaron bancos centrales en todo el mundo para reforzar la capitalización del sistema en virtud del contexto económico que generó la pandemia de Covid-19”, adelantaron desde el BCRA.

Remarcaron además que medidas similares fueron adoptadas por las autoridades monetarias de Suecia, Australia, Canadá, Brasil, Rusia, India y Sudáfrica, entre otros.

La distribución de resultados consiste en repartir el beneficio contable que obtienen los bancos durante un período y pueden o bien repartirse entre sus socios o accionistas en forma de dividendos o bien mantenerse en el banco en forma de reservas. Esto se hace anualmente y determina cuál es el beneficio que obtuvo la entidad durante el ejercicio.

“Esto ya se hizo en la época del anterior cepo, cuando en 2014 o 2015 hubo un período largo en donde los bancos no pudieron girar utilidades. Era cantada esta medida para frenar la caída de las reservas. Pero la brecha, si no se reduce, no hará más que desalentar la inversión”, aseguró a El Economista Gustavo Neffa de Research For Traders.

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