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Más atribuciones a las FF.AA.

Las otorgó el presidente Mauricio Macri por medio de un decreto que se publicó ayer en el Boletín Oficial. Cuales son las modificaciones que se establecen.

02 junio de 2016

El presidente Mauricio Macri dispuso, a través del decreto 721/2016, publicado en el Boletín Oficial de ayer, concederle a las Fuerzas Armadas mayores atribuciones a la hora de determinar ascensos, traslados, designaciones y premios, facultades que hasta ahora dependían de decisiones que se tomaban en el Ministerio de Defensa. “Resulta necesario establecer procedimientos ágiles que permitan atender las cuestiones relacionadas con la gestión del personal de las Fuerzas Armadas (?) es conveniente adecuar, asimismo, las disposiciones en materia de designación del personal militar y civil para prestar servicios”, sostiene en sus fundamentos el decreto firmado por Macri, según la agencia oficial Télam. El cambio ya tuvo eco en el diversos sectores políticos. En especial, en el Frente para la Victoria, espacio que cuestionó duramente el decreto.

Modificación

De acuerdo con esta disposición, se deroga una medida tomada en 1984 por el entonces presidente Raúl Alfonsín, y mantenida por todos los gobiernos hasta la fecha, que se proponía restar autonomía a los militares y dejar en manos de los políticos elegidos democráticamente las decisiones vinculadas con la órbita castrense.

De esta manera, el jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas estará en condiciones de designar a los oficiales destinados a ese cuerpo, salvo los de la conducción superior, cuyo nombramiento estarán a cargo del Congreso Nacional, y designar suboficiales bajo su mando. Los jefes de cada fuerza también podrán aprobar las calificaciones de egreso de los cursos y nombrar al personal militar retirado para cargos docentes, un atributo que hasta ahora le correspondía al poder político.

De acuerdo con este decreto, las Fuerzas Armadas tendrán la potestad de disponer los cambios de destino de los oficiales y los suboficiales. También dispondrán de las bajas y los retiros obligatorios de los oficiales jefes y oficiales subalternos. Y podrán aprobar, renovar y rescindir los compromisos de servicios suscriptos por los oficiales y los suboficiales. Los jefes de cada fuerza, además, podrán otorgar licencias y disposición de los cambios de las situaciones de revista de los oficiales y los suboficiales, y designar a los agentes civiles en su jurisdicción y autorización de sus cambios de destino.

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