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Diputados proponen derogar una ley de 1974 que el Gobierno podría usar para su "guerra" con la inflación

Tetaz, López Murphy, Milei y Laspina, entre otros, presentaron un proyecto para derogar la Ley de Abastecimiento.

La ley permite al Gobierno fijar precios máximos, márgenes de utilidad e intervenir temporariamente en los procesos productivos
La ley permite al Gobierno fijar precios máximos, márgenes de utilidad e intervenir temporariamente en los procesos productivos -
17 marzo de 2022

Los diputados Martín Tetaz, Ricardo López Murphy, Javier Milei y Luciano Laspina, entre otros legisladores, presentaron un proyecto para derogar la Ley de Abastecimiento.

La ley, que data de 1974, es clave para Roberto Feletti y el Gobierno en la puja con las empresas para controlar la inflación dado que funciona como una amenaza permanente.

“Venimos a proponer la derogación de la ley 20.680 y todas sus normas modificatorias, entre la que se encuentra la ley 26.991, bajo los fundamentos que detallamos a continuación”, dicen los diputados de la oposición. También hay firmantes radicales, como Danya Tavela y Rodrigo de Loredo.

“En primer lugar, esta ley surge como una amenaza permanente y latente al desarrollo natural del comercio y la producción, provocando el efecto contrario que supuestamente se busca. Amedrentar a productores y comerciantes es a todas luces una rémora del pasado dictatorial del medioevo y de aquellos dirigentes modernos que están más apegados al látigo que a la razón”, dice el proyecto, con prosa libertaria, entre sus fundamentos.

“Generalmente es aplicada en modo amenaza por aquellos funcionarios que no saben ni entienden como se derrota la inflación en Argentina. O peor aún, para distraer la atención del público y evitar tanto su responsabilidad en la inflación como el debate sobre las políticas monetarias necesarias para frenar el flagelo. Basta con ver en la prensa la utilización de la norma directamente como instrumento de amenazas realizadas por todos los Secretarios de Comercio en su presunta lucha contra la inflación”, señalan los firmantes.

A lo expuesto, agregan, “se suman los problemas de constitucionalidad de la norma restaurada por la última modificación legislativa”. 

En segundo lugar, hacen mención al artículo 27, que permite a la autoridad de aplicación obligar a vender, producir, distribuir o prestar servicios “frente a una situación de desabastecimiento o escasez” de los bienes y servicios alcanzados por la Ley de Abastecimiento. 

“Aun en el supuesto que sea aplicable sólo a situaciones de 'desabastecimiento o escasez', el mismo sigue siendo una delegación permanente de facultades legislativas. Hasta tanto la ley sea derogada, este Congreso se ha desprendido por tiempo indeterminado de dicha facultad, y la configuración de tales situaciones es únicamente el impreciso supuesto que determine la autoridad de aplicación”, esgrimen los firmantes.

“Privan al dueño de los factores de producción de su decisión de cómo utilizarlos”

“A lo expuesto se suma que las medidas de venta, producción, abastecimiento o prestación forzosa son formas de expropiación indirecta: privan al dueño de los factores de producción de su decisión de cómo utilizarlos para la producción de otros bienes. La propiedad sobre aquéllos se ve reducida, así, a la titularidad meramente nominal y al derecho de percibir sus rentabilidades: se elimina el derecho al uso y a la disposición de la propiedad, en otras palabras, una expropiación sin transferencia de la titularidad de la propiedad”, dicen y agregan que “la norma no prevé un supuesto de indemnización al menoscabo del derecho de propiedad de nuestro artículo 17 de la Constitución Argentina”. 

“Podríamos seguir enunciando artículos contrarios a la Constitución Nacional, tales como el 2, 3 y el nombrado artículo 27, todo para llegar a la conclusión palmaria, desde el punto de vista constitucional, que esta ley y sus reformas han dado vida a una norma que resulta incompatible con expresas exigencias de nuestra Constitución Nacional, generando la judicialización que queremos evitar por medio del presente proyecto de derogación entre otros objetivos antes nombrados. No se trata de un problema de productores o comerciantes monopólicos, ya que la inflación en Argentina, no es un problema de aumento de precios relativos sino de aumentos generales y masivos de precios, con relación a la unidad de cuenta, determinados únicamente por la disminución del valor de la moneda en perjuicio de toda la economía”, continúan. 

“La Ley de Abastecimiento es un oxímoron”

“Pero lo más importante es que la aplicación de esta ley solo llevaría a una disminución de los productos cuyos precios se pretenden imponer por la fuerza, y como consecuencia de ello los aumentos de precios podrían llegar a niveles aún superiores a la inflación, máxime si se procede a clausuras como las estipuladas en la norma, cuyo efecto directo es la reducción de la oferta y por lo tanto la suba de los precios. La Ley de Abastecimiento es un oxímoron que pretende abastecer productos, pero lo único que consigue es un desabastecimiento generalizado”, concluyen.

 

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