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Las apps de delivery aún operan (pero con menos repartidores)

05 agosto de 2019

La semana pasada, la Justicia porteña emitió un fallo que ordena la suspensión de las actividades de tres compañías que brindan el servicio de delivery por medio de plataformas digitales (Rappi, Glovo y PedidosYa) en la ciudad de Buenos Aires, en tanto no cumplan íntegramente con los requisitos enunciados en el documento judicial, los cuales habían sido expuestos en un fallo de primera instancia por este organismo en abril de este año, y dispuso una serie de procedimientos y sanciones ante el incumplimiento, con el objetivo de “proteger” a los trabajadores de estas empresas.

Según indicaron desde el sector a este medio, el efecto de la medida generó en los últimos días la disminución del número de repartidores en las calles de la ciudad, como consecuencia del “miedo” provocado por los controles realizados donde, según declaran, se les decomisaron la mercadería y sus respectivas cajas. En tanto, desde distintas esquinas de la ciudad, durante el fin de semana una de las empresas se encargó de entregarle a los repartidores utensilios de seguridad vial, los cuales hacen parte del reclamo de la Justicia.

“Esta medida es la peor solución porque recae precisamente sobre las personas que se dice proteger. Quienes solicitaron esta medida sólo pensaban en proteger los intereses de la cámara de empresas de mensajería. Hasta ahora, los repartidores son los únicos perjudicados”, aseguró ante El Economista el asesor legal de la Asociación de Personal de Plataformas (APP), Juan Manuel Ottaviano, que señala que “el Gobierno de la Ciudad está logrando lo mismo que sucedió con Uber: ilegalidad, funcionamiento y precariedad”.

“Hay que regular las condiciones de trabajo en plataformas y otorgar los beneficios laborales que corresponden e innovar en protecciones específicas para este tipo de trabajos. Mientras no se haga eso, van a prevalecer los intereses de pequeñas empresas ajenas al sector”, afirmó Ottaviano. “Mientras el Gobierno nacional no llame a una mesa de negociación para tratar la cuestión de fondo, van a seguir prevaleciendo estas medidas de carácter municipal”, añadió.

Según estima APP, actualmente hay cerca de 5.000 repartidores trabajando en estas plataformas en la ciudad de Buenos Aires. “Si el Estado Nacional ordenara la registración, pero como los obligan a inscribirse en el monotributo, no podemos saber con exactitud de cuántas personas estamos hablando”, señaló Ottaviano.

Fallo

El fallo emitido por titular del juzgado N°2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Andrés Gallardo, ordenó a estas empresas a entregar una lista completa de su personal; la constancia de haber entregado por su cuenta a la totalidad del personal los implementos de seguridad vial exigidos por la Ley, como casco, indumentaria para visualización nocturna y fijación de la caja en rodado y no sobre el cuerpo del repartidor, quedando este gasto completamente a cargo de la empresa y no del trabajador; la acreditación de que el personal de reparto posee libreta sanitaria vigente; las constancias de regularidad laboral y de cobertura de seguros y ART.

La resolución dispone que, en tanto no se cumpla íntegramente los requisitos legales y judiciales establecidos, los envíos transportados serán decomisados por la Policía de la Ciudad; las empresas serán sancionadas con el pago $ 10.000 por cada infracción verificada; y serán bloqueadas de inmediato las operatorias mediante tarjetas de crédito de las empresas mencionadas, conforme la orden impartida a la autoridad crediticia. El fallo indica que la violación de esta normativa quedará encuadrada en desobediencia judicial y se dará intervención inmediata al fuero penal a sus efectos.

Según Gallardo, la medida tiene por objeto regularizar las prestaciones de las empresas conforme el marco legal vigente y la medida cautelar de este juzgado ratificada por la sentencia de la Cámara de Apelaciones; impedir que continúen produciéndose accidentes evitables, que cobren la vida o la integridad física de los empleados repartidores; prevenir y evitar situaciones que conlleven daños a la salud de la población por la eventual manipulación indebida de alimentos; prevenir y evitar la distorsión de los sistemas de distribución a fin de que no sean utilizados para consumar ilícitos.

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