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La nueva regla de movilidad no evita la necesidad del ordenamiento previsional

JUBILACIONES
JUBILACIONES
Jorge Colina 11 noviembre de 2020

Por Jorge Colina (*)

El Gobierno y el oficialismo en el Congreso anunciaron la nueva fórmula de movilidad previsional que se elevará para su tratamiento como ley. La fórmula vuelve al formato que tenía entre el 2009 y el 2017, que es una combinación entre lo que crecen los salarios formales, en 50%, y lo que crecen los recursos tributarios que financian la Anses, en otro 50%, con un tope en función de lo que crecen los recursos totales de la Anses. La idea es que los haberes no crezcan por encima de los recursos previsionales.

La fórmula adoptada en 2017 y que estuvo vigente hasta el 2019, cuando fue suspendida por el actual Gobierno, ajusta en 70% por inflación pasada y en 30% por salario. Como la inflación puede tener comportamientos diferentes a los recursos previsionales, se entiende que esto puede hacer crecer el gasto previsional por encima de los ingresos comprometiendo la sustentabilidad del sistema.

Siendo así, cabe preguntarse cómo se comportó la vieja fórmula de movilidad que ahora se propone restituir.

Tomando el período 2009 y 2015 se observa que los recursos totales de la Anses crecieron a razón de 31% promedio anual, mientras que los aumentos otorgados a los haberes también fueron de 31% promedio anual. La inflación en este período fue de 28% promedio anual, con lo cual se dice que esta vieja fórmula generó aumentos de las jubilaciones por encima de la inflación sin comprometer la sustentabilidad, ya que los haberes crecieron al mismo ritmo que los ingresos totales de la Anses.

Por el lado del gasto previsional, la historia fue otra. El gasto total en jubilaciones y pensiones creció a razón de 36% promedio anual, o sea, por encima de lo que crecieron los ingresos totales. Esto hizo que el sistema previsional nacional pasara de un excedente de ingresos sobre egresos de 0,8% del PIB en el 2009 (recordar que a fines de 2008 se elimina el régimen de capitalización con lo cual los aportes que antes iban a dicho régimen pasan a engrosar el régimen de reparto) a un déficit de 0,7% del PIB en 2015.

¿Qué pasó?

Lo que pasó es que si bien los haberes se ajustaron a razón de 31% promedio anual, como los ingresos totales, la cantidad de haberes aumentaba a razón de 3% por año. Entonces, la combinación de aumento del monto del haber más la cantidad de haberes hizo que el gasto total crezca a razón de 36% por año. La diferencia de tasas de 36% para el gasto y 31% para los ingresos no parece significativa. Lo que pasa es que cuando dicha diferencia se acumula cada año, al cabo de 6 años (que es lo que transcurrió entre principios de 2009 y finales de 2015), el gasto total termina creciendo 24% por encima de los ingresos. Esto produjo el deterioro del sistema previsional.

La cantidad de haberes creció a razón de 3% por año debido a las moratorias. Por un lado, porque las moratorias siguieron otorgándose. De hecho, entre 2009 y 2015 aumentaron en casi 1 millón de beneficios. Por el otro, porque cuando fallece un titular de una jubilación, el sistema no da de baja ese beneficio sino que se convierte en una pensión por sobrevivencia, que en muchos casos se superpone con la jubilación por moratoria que tiene la cónyuge. Se dice “la” cónyuge porque en general los varones mueren primero y la gran mayoría de las jubilaciones con moratorias que se superponen con las pensiones por sobrevivencia que reciben las mujeres.

¿Qué enseñanza deja esta experiencia?

Que ajustar los haberes por lo que crecen los recursos totales no garantiza la sustentabilidad, si la cantidad de haberes se mantiene creciendo. En este sentido, el cambio en la regla de movilidad no reemplaza el ordenamiento previsional que tiene como pilar cerrar definitivamente las jubilaciones con moratorias y dejar en su reemplazo a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Ciertamente que a la PUAM hay que reformularla, para permitir que la gente, con aportes parciales, pueda hacer valer sus aportes usando la PUAM solo para completar aportes faltantes.

El otro pilar es terminar con la posibilidad de acumular jubilación con pensión por sobrevivencia. Ciertamente que quienes perciben como jubilación o pensión el haber mínimo, obtienen con esta doble cobertura un alivio financiero. En cuyo caso se podría determinar que la doble cobertura tenga un tope en dos haberes mínimos. Con esta regla, para aquellas personas que tienen haberes superiores a dos veces el haber mínimo, la superposición de beneficios dejaría de operar.

En suma, la sustentabilidad previsional exige mucho más que una fórmula de movilidad. Exige también cambios paramétricos que incluso incorporarían equidad en el sistema.

(*) Economista de Idesa

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