El Economista - 70 años
Versión digital

vie 26 Abr

BUE 16°C

La CNV promueve un régimen diferenciado para proyectos de capital de riesgo

CNV
CNV
03 septiembre de 2020

La Comisión Nacional de Valores (CNV) puso hoy en marcha una consulta pública para la creación de un nuevo régimen diferenciado de productos de inversión colectiva que financien capitales de riesgo, apuntado fundamentalmente a empresas tecnológicas y nuevos emprendimientos.

La normativa, aprobada ayer por el directorio del organismo, fue publicada en el Boletín Oficial y estará vigente por un plazo de 15 días hábiles para que la industria del sector pueda hacer aportes o consultas que construyan, posteriormente, a la elaboración de norma definitiva.

"La medida forma parte de una agenda estratégica puesta en marcha en la CNV que busca movilizar recursos desde el mercado de capitales hacia sectores de la economía real, la actividad productiva y el desarrollo de inversiones con carácter federal", explicó el presidente del organismo, Adrián Cosentino.

En ese sentido, desde principios de año la CNV avanzó en consultas similares tanto para desarrollar al sector inmobiliario como para crear un régimen de Fideicomisos Financieros Solidarios y otros vehículos para financiar proyectos de infraestructura y obra pública.

De hecho, el mes pasado, tres pymes de Corrientes y Chaco consiguieron financiamiento en el mercado de capitales por más de $ 155 millones a través de Obligaciones Negociables (ON), como parte del programa ON Pymes Garantizada de la CNV.

Puntos salientes del proyecto:

La oferta de los instrumentos bajo el presente régimen se encontrará dirigida exclusivamente a inversores calificados.

Entre las disposiciones comunes aplicables tanto a los Fondos Comunes de Inversión Cerrados (FCIC) como a los Fideicomisos Financieros (FF), se destaca la necesidad de conformar un Comité de Inversiones, con atribuciones en el asesoramiento en la política de inversión y desinversión, así como la selección y análisis de los activos elegibles.

Adicionalmente, se prevé la participación opcional de un gestor profesional en la actividad de selección y gestión de los activos invertidos, así como la posibilidad de constitución de un Comité de Control destinado al seguimiento de la gestión de las inversiones, del cumplimiento de las políticas de inversión respectivas, así como al análisis e identificación de las situaciones de conflictos de interés.

La reglamentación propicia establecer, en adición al contenido dispuesto en los respectivos regímenes aplicables a los FF y a los FCIC, el contenido mínimo del prospecto o suplemento de prospecto en función al objeto de inversión, unificando los requerimientos de sendos vehículos.

En igual modo, se incorporan previsiones relativas a la necesidad de establecer metodologías de valuación y mecanismos de selección de las sociedades elegibles; políticas de seguimiento de las inversiones; así como políticas de salida o estrategias de desinversión.

En esta nota

CNV

Seguí leyendo

Enterate primero

Economía + las noticias de Argentina y del mundo en tu correo

Indica tus temas de interés