El Economista - 70 años
Versión digital

vie 26 Abr

BUE 17°C

Una ley, tres niveles de gobierno

Un paso en pos de la progresividad tributaria.

19 junio de 2012

(Columna de opinión de Fernando Alvarez, economista e integrante del Centro de Investigación en Economía Política y Comunicación -CIEPYC- de la Universidad Nacional de La Plata)

La denominada reforma impositiva en la provincia de Buenos Aires ?Ley Nº 14.357- prevé, por un lado, modificaciones tributarias en los impuestos Inmobiliario Rural, Ingresos Brutos y Sellos? en los que incluye un revalúo de las propiedades rurales, la modificación de alícuotas y del bien gravable; el incremento de la alícuota de ingresos brutos a actividades de grandes contribuyentes mayoritariamente, celulares, Internet, servicios bancarios y financieros, y el incremento de las alícuota de sellos, la limitación a las exenciones fiscales a las antenas de TV por cable y telefonía móvil.

Por otro lado, modificaciones al Presupuesto provincial autorizando emisión adicional de Letras del Tesoro por $ 2.200 millones y un mayor aporte de fondos a municipios, entre otros, vía la ampliación en 10% del Fondo de Fortalecimiento de Recursos Municipales, el financiamiento vía endeudamiento provincial por $ 200 millones, y el incremento del segmento de contribuyentes de ingresos brutos descentralizado a cargo de los municipios.

Justamente las comunas encabezaron el reclamo de ser compensados por la afectación al financiamiento educativo de parte de la coparticipación nacional que estableciera a fin de 2011 el Presupuesto nacional, pues les reducía $ 920 millones de pesos sus ingresos y, junto a ellas, la provincia encuentra una manera de paliar la dificultad de acceso al mercado voluntario de crédito externo que le permitiría cubrir el financiamiento previsto y autorizado en su ley de Presupuesto 2012. La modificación sobre las propiedades rurales atrae al tercer interesado (Nación) dado el impacto que el revalúo rural bonaerense producirá en la recaudación de los impuestos patrimoniales nacionales (Bienes Personales y, en menor medida, Ganancia Mínima Presunta), para lo cual no es menor resaltar que Buenos Aires concentra el 38% del total de tierras fértiles argentinas.

Larga data

La concreción y aplicación de un avalúo rural fue una tarea postergada por décadas por diferentes razones: en las dictaduras porque su visión liberal de país productor de productos primarios impedía cualquier avance en esa dirección y en los gobiernos democráticos las presiones de las cámaras patronales agropecuarias pesaban más que las intenciones de los dirigentes políticos que intentaron concretarlo.

Al respecto, Salvador Treber, del Plan Fénix, rememora que en 1973 el Impuesto a las Ganancias sustituye como base imponible la renta real de la tierra por la renta normal potencial. Para ello un equipo coordinado por dos ingenieros agrónomos del INTA elabora un nuevo catastro y, entre 1974 y 1975, avanzaron para las provincias de Buenos Aires y Santa Fe. La tarea se vio interrumpida con el golpe de Estado y fue el ministro José Alfredo Martínez de Hoz quien mandó a incinerar todo ese trabajo, mientras los ingenieros continúan desaparecidos. En la defensa del proyecto la senadora informante del oficialismo, Nora De Lucía, resalta la trascendencia de tal modificación histórica, recordando la cita anterior de Treber y argumentando que “el aumento en el Inmobiliario Rural constituye una imposición patrimonial progresiva y nadie puede pensar que eso no es redistribución del ingreso.

El diseño de la reforma fortalece la inversión en el campo, porque concentra la carga tributaria sobre la tierra, y en ese sentido el cambio más trascendente es la desgravación de las mejoras productivas ?silos, alambrados, tanques? y las edificaciones destinadas a la actividad agropecuaria ?tambos, galpones avícolas? y manufacturera ?fábricas de queso, lácteas? ubicadas en zonas rurales”. Efectivamente el valor de la tierra que anteriormente era incrementado por un índice de productividad fijado por el Ministerio de Asuntos Agrarios que según la zona variaba entre 27% y 54% adicional ahora queda establecido por partido en cada una de sus circunscripciones más cercano al valor de mercado y para el cálculo se reduce en 50%.

La escalas de alícuotas mantienen 12 tramos en la tierra y la escala de edificios y mejoras se amplía de 13 a 21 tramos en ambos casos reduciendo el gravamen en las valuaciones menores (o eximiéndolos en las menores valuaciones) y estirando la progresividad del impuesto en su conjunto. Las mejoras y edificaciones para actividades agropecuarias y manufactureras así como las casas se revalúan con el mismo coeficiente aplicado al inmobiliario urbano (+76%), pero las primeras se desgravan completamente.

Readecuación

En 2011 el Inmobiliario Rural bonaerense aportó $ 720 millones, el Presupuesto 2012 preveía recaudar $ 1.060 millones y con el cambio realizado el aporte sería de $ 400 millones adicionales anuales. Esta duplicación impositiva anualizada se distribuye en un diseño progresivo en el cual el 20% de las partidas rurales pagarían menos impuesto, el 42% lo mantendría y solo el 38% enfrenta una mayor carga fiscal.

Desde la Agencia de Recaudación de Buenos Aires ?ARBA? explican que el aumento del impuesto afecta en promedio a las propiedades de más de 92 hectáreas, aunque con gran dispersión positiva entre zonas, donde las más fértiles reciben aumentos desde tamaños medios más pequeños (ejemplo: desde 32 hectáreas en Pergamino, 77 hectáreas en Junín, 134 hectáreas en Lincoln o 180 en Gonzales Chaves) a zonas menos productivas donde aumentan las partidas con más de 200 hectáreas (como en Patagones y Villarino).

Asimismo, el valor óptimo fijado en el revalúo para cada partida queda sujeto a revisión de acuerdo al formulario 911 que puede presentar cualquier contribuyente del impuesto donde realiza su declaración de altura, salinidad del suelo, color de la capa arable, existencia de lagunas o parcelas inundadas y distancia a la ruta, entre otras características que pueden atenuar o modificar cual será el porcentaje de la valuación óptima que determinará el monto del impuesto. En promedio ARBA estima que todas las partidas tendrán una reducción del 30% del valor fiscal predeterminado.

Desde el punto de vista de la sostenibilidad de las finanzas públicas la modificación produce la posibilidad de un quiebre en cuanto a la tendencia inequitativa de una estructura tributaria que se ha vuelto más dependiente del ciclo económico y cada vez más regresiva a medida que pierden peso los gravámenes patrimoniales sobre el total de recursos tributarios propios de la provincia de Buenos Aires. Desde 1999, cuando representaban 39,3%, cayeron hasta 16,3% en 2011.

En particular, el aporte del Inmobiliario Rural a las arcas provinciales viene perdiendo peso evidenciando una menor contribución del sector al financiamiento público: de 3% en 2002 a un pico de 3,8% en 2006 hasta 2,1% en 2011. Asimismo, a medida que crecen las demandas sociales se enfrenta el financiamiento de un presupuesto público cada vez más rígido y comprometido con erogaciones inflexibles a la baja ?salarios y sus gastos vinculados, beneficios previsionales y el sostenimiento del funcionamiento del sistema escolar y de salud provincial, entre otras?.

En síntesis, desde todo punto de vista la actualización de los gravámenes patrimoniales es un paso hacia la redistribución del ingreso y al financiamiento sostenido del gasto público que debe tener su correlato de esfuerzo en todas las provincias.

(De la edición impresa)

últimas noticias

Lee también

Seguí leyendo

Enterate primero

Economía + las noticias de Argentina y del mundo en tu correo

Indica tus temas de interés