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Quebrantos: el proyecto de modernización laboral pone punto final al conflicto sobre la actualización

La iniciativa propone ajustar los resultados negativos producidos desde 2025 en adelante y hay rechazo de los especialistas por dejar afuera a los años de mayor inflación

Congreso Nacional
Congreso Nacional
Gonzalo Chicote 26 diciembre de 2025

En una jugada audaz, pero no libre de polémica, el Gobierno nacional busca ponerle fin al conflicto que se generó en torno a los quebrantos impositivos a través del proyecto de modernización laboral.

En efecto, el artículo 186 de la reforma define que a partir de "los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2025, inclusive, se actualizarán teniendo en cuenta la variación del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC)".

De esta manera, la propuesta deja claro que, a la hora de liquidar el Impuesto a las Ganancias, sólo podrán actualizarse los resultados tributarios negativos que se produzcan en el futuro.



Con esto, el Poder Ejecutivo quiere ponerle fin a una disputa que se inició con una respuesta de la AFIP (hoy, ARCA) en el apartado de Preguntas y respuestas de su Web y con un dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos (DNI).

La postura oficial fue que los quebrantos no debían ser actualizados por inflación. Por el contrario, y pese al gris que existe en la normativa, los asesores impositivos consideraron que sí debían ser ajustados. 

Algunos consideraban que debía actualizarse por el IPC, y otros por el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), elaborados ambos por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).



En este contexto, los especialistas consultados por El Economista se mostraron conformes con la definición que trae la iniciativa, pero rechazaron la posición oficial de no actualizar los quebrantos producidos en períodos anteriores. 

Una de cal, otra de arena

Para Gustavo Carreño, socio del estudio Carreño & Scalone, "si bien la normativa no era clara respecto a la actualización de quebrantos, la falta de ajuste carece de sustento técnico"

El especialista recordó que la Ley de Ganancias tiene tres grandes apartados sobre el tema: lo que se conoce como "el ajuste estático y el dinámico", la actualización del costo impositivo de ciertos activos y sus amortizaciones y, por último, la de los quebrantos



Y añadió que los primeros dos tenían claramente definido el mecanismo que debía utilizarse para actualizar por inflación los valores; no así el tercero. Precisamente, con esa premisa, ARCA y la DNI sostuvieron que no se permitía el ajuste.

"Que no estuviera vigente de forma expresa no hace que, desde el punto de vista técnico, no haya un vacío legal", aclaró y recordó que "hasta el momento en la Justicia, sólo obtuvieron fallos favorables quienes demostraron una confiscatoriedad".

Aunque celebró la definición del legislador de ajustar quebrantos, consideró "una lástima que sea para los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2025, ya que quedan fuera los años en los que la inflación fue más alta".



Por último, consideró que -aprobada la iniciativa así como está- podría interpretarse que el IPIM servirá para ajustar los quebrantos hasta el 1° de enero de 2025 y luego se reemplazará por el IPC, pero resaltó que "no parece ser esa la voluntad del Gobierno".

Una mala noticia

Otros especialistas hicieron hincapié en lo que sucederá de cara al futuro y, por ese motivo, calificaron de manera negativa a los cambios que trae el proyecto de modernización laboral presentado en el Congreso. 

"No es tan importante lo que se va a hacer desde el 2025, si no que deja por sentado que, para atrás, no se puede hacer", sostuvo Mariano Ghirardotti, quien añadió que "esto quiere decir que la interpretación de la DNI se sostiene".



"Festejo que desde el 2025 en adelante se puedan ajustar", dijo, pero explicó que "esto significa que, por ejemplo, un quebranto del 2022 hay que dejarlo en valores nominales, pese a que por la inflación descontrolada se generaría un crédito gigante si se actualizara".

"Esto casi anula los quebrantos anteriores, que perdieron su valor al no poder ser actualizado por inflación", indicó el socio del Estudio Ghirardotti, y concluyó: "Por eso no es una buena noticia, sino más bien lo contrario". 

Por su parte, Martín Caranta, socio de Lisicki, Litvin & Abelovich, manifestó que con las modificaciones propuestas, "la intención del Gobierno es permitir la actualización de quebrantos, dando un incentivo y seguridad jurídica a los nuevos inversores".



Además, explicó que la reforma parte de la interpretación que realiza la cartera económica actualmente -que mantiene su posición sobre la imposibilidad de ajustar quebrantos con la legislación vigente- la que "resulta contraria a la opinión de la mayoría de los profesionales".

Sin embargo, el experto remarcó que "esta modificación legal, si bien es bienvenida, no soluciona los problemas para atrás, ya que muchas empresas han pagado Ganancias teniendo quebrantos -que según la interpretación de ARCA y Economía de la legislación vigente- no se pueden actualizar por inflación".

Una interpretación cuestionable

La base del dictamen que realizó la DNI en su momento era que, a la hora de ajustar los resultados impositivos negativos, había que considerar lo establecido en el artículo 93 de la Ley de Ganancias.



El mismo fija -según explica el portal Trivia del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (CPCECABA)- que "no autoriza la posibilidad de actualizarlos bajo otro índice que no sea 1 (uno)".

Curiosamente, el texto que se debatirá en el Congreso de la Nación, luego de establecer al IPC como índice para ajustar los quebrantos, aclara que "sin que resulte de aplicación lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 93 de esta ley". 

Sobre este punto también se manifestó Caranta. "La mayoría de la profesión piensa que no se aplica eso, ya que lo que define ese artículo hace referencia a actualización de costos computables y valores amortizables", resaltó.



Para finalizar, el socio de Lisicki, Litvin & Abelovich recordó que muchos contribuyentes terminaron acudiendo a la Justicia para discutir el tema. "Será cuestión de ver cómo sigue el proceso judicial", concluyó.

Algo queda claro: para el Gobierno nacional, cada centavo de recaudación es tan necesario y por eso no buscará modificar una posición que le hizo ganar millones a costa de mantener constantes una pérdida que, actualizada, sería mayor. 

Ahora le toca jugar al Congreso. Ahí se terminará de definir cuál es la postura que deberán tomar los contribuyentes de cara al futuro, pero considerando también lo que sucedió en el pasado.



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