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Paritaria Comercio: suba de 59,5% en 7 tramos y el básico pasará de $90.000 a $139.000

"Contamos con el compromiso de las cámaras de abrir nuevas revisiones para que el salario no pierda poder adquisitivo", destacó Cavalieri

El convenio se llevó a cabo en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
El convenio se llevó a cabo en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
21 abril de 2022

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron el acuerdo paritario 2022 para la actividad mercantil

Las partes pactaron un incremento salarial anual del 59,5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de marzo de 2022, con todos los aumentos oportunamente acordados. Así, el básico de convenio pasará de $90.000 mensuales a $139.000.

  • El mencionado incremento del 59,5% se abonará en su valor nominal y no acumulativamente, y en siete tramos: 6% en abril, 6% en mayo, 6% en junio, 10% en agosto, 10% en septiembre, 11% en noviembre, y 10,5% en enero de 2023.

Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de abril de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2023, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero de 2023 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.

Armando Cavalieri, secretario General de FAECYS, agregó: “Hemos logrado este acuerdo que contempla el impacto de la aceleración de los precios de los primeros meses, y contamos con el compromiso de las cámaras de abrir nuevas revisiones para que el salario de los trabajadores no pierda poder adquisitivo frente al incremento de la inflación”.

El gremio mercantil es el más importante del país por cantidad de afiliados, con 1,2 millones de trabajadores registrados 

Los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

Asimismo, las partes signatarias acordaron un aporte patronal solidario, excepcional y extraordinario, por única vez y exclusivamente por el plazo de vigencia del acuerdo en cuestión, equivalente a la suma de $ 600 mensuales, por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75, y siempre que el trabajador mantenga contrato vigente.

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