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Hacia una igualación impositiva y promoción de las operaciones Online

Nuevas medidas tendientes a equiparar el tratamiento tributario que se les da a las cuentas online con las bancarias

Hacia una igualación impositiva y promoción de las operaciones Online
Francisco Schweizer 02 diciembre de 2021

Recientemente, fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General 5111 de AFIP.  La misma tiene por objeto adecuar la normativa que regula el ingreso del Impuesto sobre los Débitos y Créditos (IDyC), a la luz de las recientes modificaciones que introdujo el Decreto 796/2021.

Recordemos que este decreto incorporó, entre otras cuestiones, como sujetos exentos del impuesto a las entidades participantes del programa de “Transferencias 3.0”, como ser a los Operadores y Aceptadores del esquema de pagos de transferencias inmediatas. De este modo, se agregan a tales entidades como exentas dentro del resto de las normas del IDyC, puntualmente en las RG (AFIP) 2111 y 3900.

Por otro lado, aprovechando la publicación de las modificaciones antes mencionadas, se introdujo también una adecuación del régimen de retenciones de IVA y Ganancias que sufren los comerciantes, instaurado por la Resolución General de AFIP 4622.

En ese sentido, se procedió a modificar esta última norma, obligando a los “aceptadores” a actuar como agentes de estos impuestos cuando intervengan en la operación en el marco del esquema de pagos de transferencias inmediatas o “3.0”.

Vale aclarar que esto no supone un aumento de las retenciones sufridas por el comercio, sino más bien, un cambio en el sujeto que debe actuar como agente, siendo que hasta ahora era el Proveedor de Servicios de Pago (PSP), o el agrupador de medios de pago, el que debía actuar como agente de IVA y Ganancias en tales situaciones.

Esto se da en un contexto donde la pandemia trajo aparejado un creciente aumento de las operaciones online que se realizaban en el país. Ante este suceso, durante el último año fueron publicadas diversas modificaciones en las normativas a efectos de abarcar las nuevas modalidades o esquemas electrónicos de pago.

Entre otras cuestiones, se buscó de este modo igualar el tratamiento o costo impositivo entre las cuentas bancarias y las virtuales

Más allá de la complejidad del entramado de las múltiples reformas sucedidas, queda claro que las nuevas tecnologías y negocios digitales son un punto clave que se pretende regular

Más aún, considerando la antigüedad de las leyes impositivas existentes, las cuales resultan exiguas en relación a las tecnologías disruptivas que han ido surgiendo y, desde luego,  continuarán naciendo.

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