La Agencia Internacional de Integridad del Tenis (ITIA, por sus siglas en inglés), organismo independiente encargado de promover, alentar y mejorar el deporte, suspendió de por vida al extenista y entrenador chileno Sebastián Rivera por arreglar 64 partidos, el número más alto detectado en la historia.
El extenista, que llegó a alcanzar la posición 705º en el ranking ATP, cometió múltiples delitos, incluyendo intentos de "amañar el resultado" y esfuerzos para solicitar o aceptar dinero u otros beneficios con el objetivo de "influir negativamente en los esfuerzos de los jugadores".
El caso del exjugador, que había sido suspendido provisionalmente en junio, fue dictaminado por la oficial anticorrupción Jane Mulcahy, una abogada con despacho en Londres.
Rivera recibió una multa de US$ 250.000 y tiene prohibido entrenar, jugar o asistir a cualquier evento de tenis autorizado por los órganos rectores de este deporte.
Los incumplimientos por los que fue declarado culpable según la ITIA:
- Sección D.1.b del TACP de 2017 y 2018: Ninguna persona cubierta deberá, directa o indirectamente, solicitar o facilitar a otra persona que apueste sobre el resultado o cualquier otro aspecto de cualquier evento o cualquier otra competencia de tenis. Para evitar dudas, solicitar o facilitar apuestas incluirá, entre otros: visualización de cuotas de apuestas de tenis en vivo en un sitio web de persona cubierta; escribir artículos para una publicación o sitio web de apuestas de tenis; realización de apariciones personales para una empresa de apuestas de tenis; y aparecer en comerciales animando a otros a apostar al tenis.
- Sección D.1.d del TACP de 2017 y 2018: Ninguna persona cubierta debe, directa o indirectamente, inventar o intentar inventar el resultado o cualquier otro aspecto de cualquier evento.
- Sección D.1.f del TACP de 2017 y 2018: Ninguna persona cubierta deberá, directa o indirectamente, solicitar o aceptar dinero, beneficio o contraprestación con la intención de influir negativamente en los mejores esfuerzos de un Jugador en cualquier evento.
- Sección D.1.g del TACP de 2017 y 2018: Ninguna Persona Cubierta podrá, directa o indirectamente, ofrecer o proporcionar dinero, beneficio o Contraprestación a ninguna otra Persona Cubierta con la intención de influir negativamente en los mejores esfuerzos de un Jugador en cualquier Evento.
A su vez, de acuerdo con el comunicado de la ITIA publicado este jueves, el entrenador chileno “no se implicó de manera significativa durante el proceso disciplinario", haciendo referencia a que decidió no declarar para no perjudicarse en la investigación.