El proyecto de ley "ómnibus" enviado hoy al Congreso por el Gobierno nacional permite el ingreso de mercaderías importadas de uso personal sin pagar ningún gravamen.
La iniciativa sustituye el artículo 1 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 2753/91 que establecía que "las mercaderías que, amparadas por el régimen de equipaje, se importen para consumo fuera de las franquicias que otorga el Decreto 2130/91 o con arreglo a lo dispuesto en su artículo 10, sólo estarán gravadas con un tributo único y unificado del cincuenta por ciento (50 %) de su valor en aduana definido en función de la Ley 23.311".
El proyecto oficial establece ahora que "las mercaderías amparadas por el régimen de equipaje, que se importen para consumo sin fines comerciales, fuera de las franquicias que otorga el Decreto 2130/91 o con arreglo a lo dispuesto en su artículo 10, no estarán gravadas por ningún tributo."
En ese sentido también se aclara que "para el ingreso de productos mediante el régimen de equipaje no será necesario completar ningún formulario".
Y precisa que "en caso de que la cantidad de la mercadería a importar haga presumir fines comerciales, la Dirección General de Aduanas seguirá los procedimientos contemplados en la normativa vigente".