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La AFIP amplía beneficios para contribuyentes en Bienes Personales

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11 febrero de 2021

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió los motivos por los cuales las y los contribuyentes pueden solicitar ser exceptuados del ingreso del pago a cuenta en el Impuesto sobre los Bienes Personales.

Lo hizo a través de la Resolución General 4931/2021 publicada en el Boletín Oficial. Estableció que los responsables del impuesto podrán acceder al beneficio cuando la suma del pago a cuenta y los anticipos ingresados arrojen como resultado un importe superior al impuesto determinado estimado para el período 2020.

“Que debido a razones de administración tributaria, resulta aconsejable ampliar los motivos por los cuales los contribuyentes podrán solicitar que se los exceptúe del ingreso del pago a cuenta”, explicó el organismo en los considerandos.

Las personas humanas y sucesiones indivisas alcanzadas por el impuesto sobre los Bienes Personales tienen tiempo hasta el 5 de abril de 2021 para solicitar la excepción de ingreso del pago a cuenta. Para hacerlo, deben ingresar al sistema de cuentas tributarias, seleccionando la transacción informática "Eximición pago a cuenta", e indicando el motivo de la solicitud.

Los cálculos que se efectúen deberán constar en papeles de trabajo que se conservarán en archivo a disposición de la administración tributaria encabezada por Mercedes Marcó del Pont.

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