El Gobierno reglamentó este lunes el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), una herramienta orientada a impulsar proyectos productivos de las PyMEs a través de beneficios fiscales. La medida fue oficializada mediante el Decreto 242/2026, publicado en el Boletín Oficial, aunque el esquema todavía no está operativo porque faltan normas complementarias para su implementación.
El régimen apunta a promover el desarrollo económico, fortalecer la competitividad, ampliar las exportaciones y generar empleo, con foco en las micro, pequeñas y medianas empresas. Podrán acceder los contribuyentes que califiquen como MiPyMEs hasta la categoría Mediana Empresa Tramo 2, siempre que cuenten con el certificado MiPyME vigente al inicio del ejercicio fiscal en que realicen su primera inversión. También podrán adherirse entidades sin fines de lucro con actividad productiva, si cumplen los parámetros de facturación que defina ARCA.
La reglamentación fija montos mínimos de inversión según el tamaño de cada empresa: US$150.000 para microempresas, US$600.000 para pequeñas, US$3,5 millones para medianas tramo 1 y US$9 millones para medianas tramo 2. Además, define que podrán incluirse bienes muebles amortizables nuevos, excepto automóviles, siempre que sean considerados Bienes de Capital (BK) o Bienes de Informática y Telecomunicaciones (BIT). En el caso de las obras, deberán ejecutarse durante la vigencia del régimen o, si ya estaban en marcha al 6 de marzo, tener un avance menor al 30% del monto total de inversión.
El RIMI también contempla un régimen de amortización especial sin monto mínimo para determinadas inversiones de MiPyMEs, como la instalación de sistemas de riego, las mallas antigranizo para el agro y la compra de bienes semovientes. A su vez, prevé mecanismos de devolución y créditos fiscales, entre ellos la devolución de saldos de IVA, que tendrá un tope equivalente al 50% del cupo anual fijado en la Ley de Presupuesto. Para calcular los montos mínimos, las facturas emitidas en pesos se convertirán a dólares con el tipo de cambio comprador del Banco Nación.
Pese a la reglamentación, especialistas advierten que el régimen aún no puede utilizarse formalmente. El CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, señaló que el RIMI dio "un paso importante hacia su operatividad", pero aclaró que todavía faltan disposiciones conjuntas de ARCA y de las secretarías de Energía y Agricultura, Ganadería y Pesca. Según explicó, mientras esas normas no se publiquen, no habrá formulario de adhesión, ni mecanismo para pedir la devolución anticipada del IVA, ni forma de acreditar el avance de las obras en curso.


