El Banco Central oficializó este martes una modificación normativa que permitirá a los bancos otorgar créditos en dólares a empresas que no generan ingresos en esa moneda, siempre que cuenten con garantías suficientes para respaldar la operación.
- La medida fue formalizada a través de la Comunicación "A" 8446, emitida el 11 de junio e incorporada al texto ordenado sobre Política de Crédito (OPRAC 1-1312), publicado este martes en el Boletín Oficial.
Hasta ahora, la normativa del BCRA exigía que los plazos de repago de los préstamos estuvieran alineados con los ingresos proyectados del deudor en la misma moneda del crédito. Es decir, para acceder a un financiamiento en dólares, las empresas debían demostrar que generaban flujos de fondos en esa divisa, una regla diseñada para evitar descalces cambiarios y riesgos sistémicos como los que contribuyeron a la crisis de 2001.
Con el cambio regulatorio, los bancos podrán financiar en dólares a compañías que facturen en pesos, siempre que presenten activos dolarizados como respaldo, entre ellos inmuebles, depósitos en moneda extranjera o títulos negociables en dólares. En estos casos, quedarán exceptuadas del requisito que vinculaba los vencimientos del crédito con los ingresos en la moneda del préstamo.
La flexibilización busca ampliar el acceso al financiamiento para empresas con patrimonio dolarizado, pero sin generación habitual de divisas. Según el nuevo texto, la garantía aportada será el elemento central para respaldar la operación, reemplazando la exigencia previa basada en el flujo de ingresos del deudor.


