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El proyecto de moratoria tuvo dictamen de mayoría en Diputados

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28 julio de 2020

La comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados avanzó hoy en la firma del dictamen de mayoría del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, que amplía la cantidad de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria impositiva. De esta forma, la iniciativa podría ser tratada en el recinto en la sesión del viernes.

El dictamen de mayoría recibió 27 firmas con el respaldo del oficialismo y otros bloques provinciales, en tanto que Juntos por el Cambio presentó un dictamen de minoría propio que obtuvo el apoyo de 22 legisladores.

El presidente de la comisión, Carlos Heller, anticipó que el oficialismo aceptó incorporar al dictamen de mayoría una serie de cambios al proyecto original propuestos por diputados por diferentes bloques, aunque de todos modos amplió hasta mañana el plazo para la elaboración de dictámenes de minoría por parte de la oposición.

En el dictamen de mayoría se incluyeron, entre otras cuestiones, premios al contribuyente cumplidor en monotributo y ganancias, que consistirá en la exención del componente impositivo conforme la cantidad de cuotas para cada categoría.

El Frente de Todos tendría asegurada la sanción de la iniciativa en la sesión del viernes, ya que cuenta con el respaldo de 117 diputados propios, los ocho diputados del interbloque de Unidad para el Desarrollo, del Frente para la Concordia Misionero, los cordobeses del interbloque Córdoba Federal y del MPN.

Los principales detalles del proyecto son:

Se establece el plazo hasta el 31 de octubre para inscribirse en la moratoria.

El primer pago vencerá en diciembre, en lugar del 16 de noviembre como establecía el proyecto original.

Las deudas previsionales se podrán pagar en un plazo de entre 48 y 60 cuotas

Las obligaciones tributarias se podrán abonar en 96 o 120 cuotas.

La tasa de interés del plan de pago en cuotas será del 2% mensual hasta enero de 2021 y luego se aplicará la Tasa BADLAR en moneda nacional de bancos privados,

Se eliminó el artículo 14 que habilitaba al Poder Ejecutivo a prorrogar la moratoria

Las empresas grandes en los próximos 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas

Se establece un premio a los cumplidores y en el caso del monotributo una condonación del componente impositivo de 6 cuotas para las categorías A y B.

En caso de las categorías C y D será de 5 cuotas mensuales y consecutivas.

En las Categorías E y F será de 4 cuotas mensuales, en las categorías G Y será de 3 cuotas mensuales, y en las I, J, K será 2 cuotas mensuales.

En ningún caso el límite del beneficio podrá superar los $17.500.

Habrá un descuento del 15% para quiénes paguen al contado.

Las personas inscriptas podrán aumentar el 50% la deducción especial

No podrán acceder a la moratoria los bancos, telefónicas y a quiénes tengan activos financieros en el exterior y no repatríen por lo menos el 30% dentro de los 60 días.

Las minipymes telefónicas podrán sumarse a la moratoria, a diferencias de las grandes empresas del rubro.

La caducidad de la moratoria será por falta de pago de 3 cuotas para grandes empresas y de 6 cuotas para mipymes.

Se invitó a las Obras Sociales, ART, Provincias y Municipios a sancionar regímenes similares y se eliminó la posibilidad de que el Poder Ejecutivo pueda disponer una prórroga de esta moratoria.

Las organizaciones comunitarias fueron incluidas como beneficiarias de la moratoria.

El acogimiento al presente régimen producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y penales aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal respecto de los autores o las autoras.

https://twitter.com/DiputadosAR/status/1288119032726450186

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