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El Gobierno derogó el DNU de Alberto Fernández que permitió la corrupción en la contratación de seguros

Además, eliminan la obligación del Estado de pagar los sueldos de empleados públicos en el Banco Nación, hacer los viajes oficiales con Aerolineas y comprar nafta en YPF

El documento lleva la firma de Javier Milei, Guillermo Francos y Federico Sturzenegger.
El documento lleva la firma de Javier Milei, Guillermo Francos y Federico Sturzenegger.
21 agosto de 2024

Después de que se detectaran irregularidades en contrataciones de Nación Seguros que involucran al ex presidente Alberto Fernández y al productor de seguros Héctor Martínez Sosa -esposo de su ex secretaria María Cantero- el Gobierno derogó el DNU 823/21 que abría una vía legal para que pudieran concretarse ventas de pólizas a organismos estatales con sobreprecio.

La eliminación del DNU se realizó este miércoles a través de la publicación del Decreto 747/2024 en el Boletín Oficial, en la que se retiraron todas las modificaciones anteriormente realizadas a la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional. Los nuevos cambios fueron impulsados por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien fue designado junto al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, como responsable de recibir e inspeccionar las documentaciones relacionadas a las contrataciones de seguros.

El artículo 1 del decreto publicado hoy establece: "Deróganse los Decretos Nros. 1187/12, 1189/12, 1191/12 y 823/21". Así, quedará eliminada la obligatoriedad de contratar pólizas de seguros proveídas por el Estado. Sin embargo, desde el Gobierno revisarán los fondos que han sido destinados al pago de contratos y convenios actuales y pasados.

La Administración Nacional, las empresas y sociedades del Estado, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y todas aquellas organizaciones empresariales en donde el Estado posea una participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias tendrán un plazo de 30 días para proveer a la Jefatura de Gabinete de la Nación y al Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado la documentación requerida.

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Para evitar contrataciones que pudieran ser beneficiosas para un tercero a futuro, el decreto estableció que se considerará que hubo una "ventaja, beneficio o preferencia" por parte de las organizaciones vinculadas al Estado si se detectaran criterios de selección favorables para una entidad en particular. Lo mismo ocurrirá con aquellos acuerdos que pudieran cerrarse de manera directa entre las partes, los cuales deberán ser sometido a un proceso de selección mediante licitación o concurso de tipo público o privado.

  • Asimismo, el decreto indica que "No se considerará que existe una ventaja, beneficio o preferencia en los contratos y convenios interadministrativos de provisión de bienes o servicios cuando el único proveedor disponible sea una jurisdicción o entidad del Sector Público Nacional", subrayaron.

Por otro lado, se fijó un plazo para que aquellos ministerios y demás organismos que todavía tuvieran pólizas vigentes fruto de la normativa del DNU impulsado por el ex mandatario pudieran concretar las bajas de los mismos.

Todas las entidades señaladas tendrán un año para poder finalizar los acuerdos. En simultáneo, instaron a que convoquen nuevos procesos de selección que garanticen la competencia y la transparencia respecto de las postulaciones para brindar bienes y/o servicios.

En este contexto, se dispuso que la Oficina Nacional de Contrataciones sea la entidad encargada de gestionar y revisar las nuevas contrataciones que pudieran surgir a partir de haber entrado en vigencia el decreto 747/2024.

Finalmente, el decreto firmado por el presidente Javier Milei, Francos y Sturzenegger anuló además otros tres decretos promovidos durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner. Se trata de las normativas N° 1187/12, 1189/12 y 1191/12 que, tal como indica su nominación, fueron promulgadas en 2012. También la derogación del Decreto 1187/12 implicó la eliminación de la responsabilidad que tenía el Estado de pagar los sueldos de los empleados y contratados estatales por medio del uso de la Caja de Ahorro Común que se abrió en el Banco Nación.

Las otras tres normativas derogadas por el Gobierno

A través del Decreto 747/2024, el Gobierno también eliminó otras tres normativas. Una de ellas fue la N° 1187/12, que establecía que "todas las jurisdicciones y entidades del sector público deben realizar el pago de haberes a través del Banco de la Nación Argentina".

Asimismo, el Poder Ejecutivo dejó sin efecto el Decreto N° 1189/12, que disponía la contratación exclusiva de YPF S.A. para la provisión de combustible y lubricantes para la flota oficial e indicaba que "la provisión de combustible y lubricantes para todos los vehículos de la flota oficial deberá realizarse exclusivamente a través de YPF S.A.", impidiendo que otras empresas del sector pudieran competir en igualdad de condiciones.

De igual manera quedó sin efecto el Decreto N° 1191/12, que establecía que "los viajes oficiales deberán realizarse utilizando los servicios de Aerolíneas Argentinas y otras aerolíneas estatales". Esta disposición limitaba la posibilidad de buscar alternativas más económicas o convenientes para la administración pública, generando un gasto innecesario en los fondos públicos.

  • Estas decisiones se inscribieron en el marco del Decreto N° 70/23, que declaró la emergencia pública en diversas áreas y estableció un programa de desregulación económica destinado a eliminar barreras y restricciones impuestas por el Estado.

En particular, el artículo 50 de dicho decreto prohibió que las empresas en las que el Estado Nacional tengan participación accionaria gocen de "prerrogativas de derecho público o ventajas en los procesos de contratación". El objetivo es asegurar que las contrataciones se realicen bajo principios de igualdad de oportunidades, eficiencia y transparencia.

Además de la derogación de estos decretos, se han eliminado disposiciones del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional que eximían a empresas estatales de presentar garantías en los procesos de selección. Esta exención había sido criticada por generar un trato desigual frente a las empresas privadas, afectando la competencia leal.

Federico Sturzenegger: "Las empresas públicas deben servir a los ciudadanos y no servirse de ellos"

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció algunas de las derogaciones publicadas hoy en el Boletín Oficial. "Las empresas públicas deben servir a los ciudadanos y no servirse de ellos", sostuvo desde su cuenta de X.

"El Decreto 747/24 firmado hoy por el presidente Javier Milei, deroga los decretos 1187/12, 1189/12, 1191/12 y 823/21 eliminando los privilegios de Nación Seguros, YPF, Banco Nación y Optar en las contrataciones públicas", enumeró. 

En la misma línea, aseguró que dichos decretos "servían para anidar corrupción o mantener a una casta política deben ser desterrados", por lo que celebró la derogación del Decreto 853/23 que obligaba a comprarle los seguros a Nación Seguros al que calificó de "nefasto".  

"Tan grotesco era el sistema que se contrataba a un 'broker' para que logre una contratación que era obligatoria por ley", sostuvo.

Por otra parte, destacó que el Decreto 1191/12 obligaba a "comprar los pasajes con la unidad básica camporista de Optar SA" mientras que el 1187/12 sometía a los empleados públicos a "cobrar los sueldos en el Banco Nación impidiendo un ingreso por la gestión de esas cuentas que es un ahorro para el Estado".

Asimismo, señaló que el 1189/12 "obligaba a comprar combustible a YPF sin que el Estado pudiera compulsar precios más baratos". 

"Todos estos decretos implicaban una transferencia de recursos del contribuyente a estas empresas. Eso se acabó", concluyó el funcionario que cerró su mensaje con un "Viva La Libertad Carajo". 

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