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¿De cuánto es la multa si no voy a votar en las PASO?

Las sanciones económicas por no votar en las PASO varían entre $50 y $500 para los electores mayores de 18 años y menores de 70.

La Constitución Nacional establece que en Argentina el voto es obligatorio para todas las personas que tengan entre 18 y 70 años
La Constitución Nacional establece que en Argentina el voto es obligatorio para todas las personas que tengan entre 18 y 70 años
09 agosto de 2023

Las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), que están previstas para este domingo 13 de agosto, son de carácter obligatorio y quienes no asistan deberán justificarlo ante la Justicia Nacional Electoral para evitar posibles multas.

Las sanciones económicas por no votar en las PASO varían entre $50 y $500 para los electores mayores de 18 años y menores de 70, teniendo un periodo de "sesenta (60) días de la respectiva elección" para justificar la ausencia.

Las multas por no emitir el sufragio en las PASO quedan fijadas de la siguiente manera: si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar deberá abonar $50, si tiene 1 infracción previa será de $100, con 2 infracciones previas sin regularizar el valor llegará a los $200.

En tanto, si el votante tiene 3 infracciones previas sin regularizar tendrá una multa de $400, mientras que si el votante tiene 4 o más infracciones previas sin regularizar ascenderá a $500.

Las formas de abonar las multas son a través del Banco de la Nación Argentina por transferencia de crédito, transferencia bancaria o en efectivo de forma presencial en cualquiera de sus sedes, aunque también puede abonarse de manera virtual.

A pesar de que las elecciones primarias fueron establecidas en 2009, las PASO se implementaron por primera vez en las elecciones nacionales de 2011, con el objetivo de que los ciudadanos puedan definir las candidaturas a través de internas entre los precandidatos de cada partido o coalición.

La Constitución Nacional establece que en Argentina el voto es obligatorio para todas las personas que tengan entre 18 y 70 años, mientras que los electores de 16 y 17 años, como también los mayores de 70, pueden hacerlo de forma optativa.

En tanto, las personas tienen 60 días desde las elecciones para presentar un formulario de justificación ante la Justicia Electoral, siendo uno de los motivos encontrarse el día de los comicios a más de 500 kilómetros de distancia del lugar de votación.

Asimismo, se contempla como excepción estar enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas.

También quedan exceptuadas las personas que forman parte de organismos y empresas de servicios públicos que por razones vinculadas con el cumplimiento de funciones estén impedidas de asistir a votar.

Finalmente, se incluye a aquel ciudadanos que es juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tiene que asistir a su oficina y mantenerla abierta durante los comicios. 

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TODO SOBRE LAS ELECCIONES 2023

En esta nota

Todo sobre las elecciones presidenciales 2023

La Cámara Nacional Electoral (CNE) publicó el padrón definitivo para que los ciudadanos puedan ver qué establecimiento y mesa les tocó para votar el domingo 22 de octubre en las elecciones generales. CONSULTÁ ACÁ.



Las elecciones son el domingo 22 de octubre y, en caso de que sea necesario un balotaje, será el domingo 19 de noviembre.

En las elecciones 2023, se elegirán un nuevo Presidente, se renovará la mitad de la Cámara de Diputados y un tercio del Senado. Además, a nivel provincial, se elegirán nuevos gobernadores, intendentes y legisladores (+información).


La apertura del acto electoral se realizará a las 8 de la mañana y el establecimiento se cerrará a las 18 horas. No obstante, podrán votar luego de las 18:00 horas los/as electores/as que aguardaban su turno antes de ese horario.


-Libreta de enrolamiento/libreta cívica

-DNI libreta verde

-DNI libreta celeste

-Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda "No válido para votar"

-Nuevo DNI tarjeta

El ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón. No se permitirá el voto de ciudadanos/as cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral ni de aquellos/as que presenten el "DNI en su celular".

Sí. En Argentina el voto es obligatorio para todas y todos los electores.

Si sos mayor de 18 años y menor de 70 y no podés justificar ante la Justicia Nacional Electoral porque no emitiste tu voto, te corresponde una multa económica y se te incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar. Además, no podrás ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

Si no encontrás las boletas de tu preferencia en el cuarto oscuro, tenés que avisar a la autoridad de mesa sin revelar cuál es tu elección, quien debe solicitar a los fiscales partidarios su reposición. Es responsabilidad de las agrupaciones políticas garantizar la disponibilidad de boletas en el cuarto oscuro. Igualmente, las autoridades de mesa disponen de boletas de contingencia para reponer en caso de ser necesario. La falta de boletas en el cuarto oscuro no impide la continuidad de la elección.

Sí, el Código Electoral Nacional reconoce el derecho a votar a las personas procesadas que se encuentren cumpliendo prisión preventiva. Si la persona procesada está detenida en un distrito electoral diferente al que le corresponde por su domicilio registrado, votará en el establecimiento donde se encuentra alojada y el voto se computará para el distrito donde está empadronada.



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