Cooperativas y asociaciones civiles, entre otras entidades sin fines de lucro dejarán de estar alcanzados por la percepción de pago a cuenta de Ganancias y Bienes Personales cuando compren divisas extranjeras, de acuerdo con información difundida hoy por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
La medida expresada en la Resolución General 5123/2021 publicada hoy en el Boletìn Oficial, dispone que "no se encontrarán alcanzadas por el régimen de percepción las entidades enunciadas en los incisos b), d), e), f), g), l) y p) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019".
La AFIP, a través de un comunicado, indicó que estas entidades fueron incorporadas al conjunto de sujetos no alcanzados por el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales por las operaciones con moneda extranjera, ya sean consumos con tarjetas, turismo y pasajes al exterior.
La lista completa de quienes no sufrirán percepciones
Las entidades beneficiadas son:
- Asociaciones deportivas y de cultura física.
- Entidades religiosas.
- Istituciones internacionales sin fines de lucro con personería jurídica y con sede central en la Argentina.
- Asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual, entre otras.