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Promulgan la Ley de Alcohol Cero: multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación para conducir

El consumo de alcohol, de acuerdo a las estadísticas, está presente en uno de cada cuatro siniestros viales.

El Gobierno bonaerense promulgó la Ley de Alcohol Cero al volante
El Gobierno bonaerense promulgó la Ley de Alcohol Cero al volante
05 enero de 2023

El Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires promulgó hoy la Ley N° 15.402 de Alcohol Cero, que establece la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores de todo tipo de vehículos que circulen en todo el distrito.

La normativa, que fue publicada hoy en el boletín oficial, contempla penas que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación para conducir a quienes hayan incumplido la prohibición de manejar después de haber bebido alcohol.

Además, la nueva ley que fue aprobada en diciembre pasado en la legislatura bonaerense, contempla la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.

  • La provincia de Buenos Aires se suma así a Chaco, Chubut, Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán con normas de Alcohol Cero al volante.

En la provincia de Buenos Aires está vigente el "Operativo de Sol a Sol" que tiene por objetivo garantizar la seguridad de quienes visiten los destinos turísticos bonaerenses durante esta temporada de verano, y para ellos hay desplegados 22.308 efectivos policiales para tareas de prevención del delito y la disposición de puestos de atención prehospitalarias en las principales rutas.

También hay 400 motos, 386 móviles, 22 camiones, 20 torres de vigilancia, 11 cuatriciclos, 5 helicópteros y 5 scanners; mientras que la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) entregó a la provincia 50 medidores y 20 alómetros para reforzar los controles de alcoholemia en rutas y caminos.

Qué sanciones y penalidades pueden recibir los conductores

  • Desde ahora, quienes conduzcan con valores de hasta 499 miligramos recibirán tres meses de inhabilitación para manejar.
  • Si el grado de alcoholemia se encuentra entre 500 y 999 miligramos, la pena será de seis meses.
  • En tanto, estarán inhabilitadas por 18 meses las personas que circulen con tasas entre 1000 y 1500 miligramos de alcohol por litro de sangre.
  • Por último, quienes superen los 1500 miligramos no podrán conducir por el lapso de 18 meses.

Durante el primer año de vigencia de la ley, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre serán sancionadas únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública. (DIB)

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