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Leer la Constitución no hace daño

29 abril de 2019

Por Ignacio Labaqui 

La volatilidad financiera de las últimas semanas ha puesto en estado de pánico al así llamado círculo rojo y los mercados financieros. El temor al regreso de Cristina Fernández de Kirchner -quien hasta ahora mantiene el misterio sobre su eventual candidatura, aunque dando cada día más señales de que finalmente será parte de la carrera presidencial- no solo resucitó las nunca del todo descartadas especulaciones -y en el caso de algunos, esperanzas- en torno al así llamado Plan V -la sustitución del presidente Mauricio Macri por la gobernadora María Eugenia Vidal en la fórmula presidencial de Cambiemos- sino que dio aliento a ideas que francamente no solo son disparatadas, sino que son directamente inviables, salvo en un escenario de crisis institucional. Me refiero particularmente a la idea de mover la fecha de las elecciones presidenciales previstas para el 27 de octubre.

Ya el año pasado hubo algunos analistas que señalaron la conveniencia de anticipar la fecha de elecciones. Más recientemente, en su columna del 29 de marzo en el Buenos Aires Económico Alejandro Bercovich alertó acerca de un supuesto dictamen del Procurador del Tesoro analizando la viabilidad de esta maniobra.

De acuerdo a Bercovich: “Para que las elecciones se realicen antes del tercer domingo de octubre, ahora el oficialismo debería modificar dos leyes: la que establece que las PASO son el segundo domingo de agosto y la ley general incorporada al Código Electoral. El artículo 99 de la Constitución impide alterar la letra de esas leyes por decreto de necesidad y urgencia. Además, por tratarse de leyes electorales, la modificación de cualquiera de ellas exige una mayoría especial de la mitad más uno de todos los miembros de cada cuerpo, independientemente de los presentes. Son 129 diputados y 37 senadores. Cambiemos no cuenta con lo uno ni con lo otro". Continúa Bercovich: “Si quisiera adelantar las elecciones para evitar que un espiral de dólar, precios y salarios lo atropelle antes de someterse a las urnas, Macri no tendría otra alternativa que convencer al kirchnerismo o al peronismo no kirchnerista.”

Más recientemente y posiblemente fruto probablemente de la volatilidad financiera de las últimas dos semanas, el conocido economista Miguel Boggiano escribía en su cuenta de Twitter: “Lo mejor para todos los argentinos sería adelantar las elecciones y no tener que estar penando hasta octubre” y se preguntaba: “Alguien comenta si técnicamente esto es posible?”

Incluso la semana pasada en un programa televisivo el mismísimo jefe de Gabinete, Marcos Peña, afirmó "está descartado el adelantamiento de las elecciones”. El jefe de Gabinete hizo bien en sepultar cualquier chance de mover la fecha de las elecciones presidenciales. Básicamente, porque ello no es legalmente viable salvo  en un escenario de crisis institucional.

Resulta curioso que dirigentes políticos, periodistas, analistas financieros o incluso analistas políticos antes de realizar este tipo de afirmaciones no se tomen el trabajo de leer lo que dice la constitución al respecto, ya que eso bastaría para descartar cualquier tipo de manipulación del calendario electoral tratándose de elecciones presidenciales.

Bercovich se equivoca: una ley del Congreso efectivamente podría suspender las PASO con las mayorías que él señala. Pero la fecha de las elecciones presidenciales es inamovible. El artículo 95 de la Constitución Nacional es bien claro y no deja lugar a duda o interpretación alguna: “La elección se efectuará dentro de los dos meses anteriores a la conclusión del mandato del presidente en ejercicio”. Es decir, la fecha más temprana en la que podría celebrarse la elección presidencial es el 10 de octubre dado que el mandato de Mauricio Macri concluye el 10 de diciembre. ¿Podría adelantarse la fecha de la elección entonces? Sí, reuniendo el apoyo de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada cámara del Congreso, pero tan solo para anticipar la fecha dos semanas, una modificación del calendario electoral que probablemente no aplaque las dudas y temores del círculo rojo o el mercado financiero.

¿Bajo qué circunstancias podría modificarse la fecha de las elecciones? De producirse una situación de acefalía la asamblea legislativa debería nombrar a un gobernador, senador o diputado como presidente interino. Dado que la ley de acefalía no dice nada acerca de si el funcionario en cuestión completa el mandato del jefe de estado saliente o si debe llamar a elecciones en un plazo determinado, la misma asamblea podría fijar la fecha de las elecciones antes de la conclusión del actual mandato presidencial. De hecho la crisis de 2001-2 muestra a la Asamblea haciendo pleno uso de la discrecionalidad que le otorga el silencio de la ley de acefalía. A Adolfo Rodríguez Saá lo designó por 3 meses, luego de los cuales deberían celebrarse elecciones con el polémico sistema de la ley de lemas, en tanto que a Duhalde -elegido por la misma Asamblea unos pocos días después- lo nombró para completar el mandato de Fernando De la Rúa, cosa que Eduardo Duhalde no hizo, dado que luego de los hechos de Puente Pueyrredón de junio 2002, optó también por anticipar su salida del poder. Dado que su mandato surgía de la Asamblea Legislativa, modificar la fecha de las elecciones y anticipar el traspaso del mando era técnicamente más sencillo.

Ahora bien, es claro que legalmente, salvo un escenario extremo que poco contribuiría a serenar las aguas, manipular el calendario electoral no es una opción. ¿Sería conveniente? La volatilidad financiera de las últimas semanas parece haber sido gatillada por una conjunción de factores: 1) la difusión de una encuesta de una firma respetada, que mostraba que si las elecciones fueran hoy Macri perdería por una amplia diferencia una segunda vuelta frente a Cristina ; 2) la percepción creciente de parte de inversores locales, pero sobre todo externos de que la ex presidenta será candidata (dada la situación actual la sorpresa sería que no lo fuera, pero está visto que alguien les había metido en la cabeza que lo más probable era que Cristina no participara de la elección); y 3) que un eventual tercer Gobierno de Cristina renegaría de los compromisos de deuda de la Argentina.  Si el temor del mercado financiero es que la ex presidenta incumpla los compromisos de deuda ¿qué sentido tendría adelantar las elecciones si lo que las encuestas muestran que Cristina derrotaría a Macri por una cómoda ventaja si las elecciones fueran el próximo domingo?

Ciertamente podrían suspenderse las PASO si hubiera una mayoría para ello en el Congreso. Pero a estas alturas sería un bochorno desde el punto de vista institucional. Y ni siquiera seria políticamente redituable para los impulsores de la medida. Básicamente sería admitir debilidad política. La experiencia de 2009 por otro lado, cuando el entonces gobierno nacional modificó la fecha de las elecciones de medio término (la fecha de los comicios legislativos no está fijado por la constitución) pone en duda el rédito político de este tipo de apuestas.

En síntesis, toquetear la fecha de las elecciones presidenciales es legalmente inviable, y políticamente inconveniente. A pesar de las obvias dificultades por las que atraviesa Argentina este año, tal vez sea conveniente para la pelota y serenar los ánimos, y sobre todo en el caso de algunos analistas políticos, economistas y periodistas, dedicar unos pocos minutos del día a leer la Constitución Nacional, ejercicio que sin duda les resultará provechoso así en el futuro dejan de lado la elucubración de martingalas electorales inviables.

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