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Justicia

Habilitaron la feria judicial para tratar los amparos contra el DNU de Javier Milei

El Juez Lavié Pico desarmó el amparo colectivo que inició el Observatorio del Derecho a la Ciudad y en el que se sumaban las distintas demandas contra el decreto

El presidente Javier Milei.
El presidente Javier Milei. Télam
04 enero de 2024

El juez Enrique Lavié Pico habilitó la feria judicial de verano para tramitar los amparos que reclaman la inconstitucionalidad de la totalidad del DNU 70/2023 de Javier Milei.

Esto representa un revés para el Ejecutivo, ya que el magistrado además desarmó el amparo colectivo que inició el Observatorio del Derecho a la Ciudad y en el que se sumaban las distintas demandas contra el decreto. Ahora, se abren más posibilidades de que sea declarado inconstitucional.

El magistrado ordenó que sean remitidas a "las jurisdicciones correspondientes las actuaciones que hubieran sido vinculadas al presente proceso" colectivo. La decisión de Lavié Pico habilita a que los jueces federales de distintas jurisdicciones puedan tramitar y resolver en los casos que se abran contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23.

En este sentido, el juez consideró que se volvía inoficioso el pedido de inhibitoria del Estado Nacional para acumular las causas en trámite en el fuero laboral al fuero contencioso-administrativo federal. Ahora, el Gobierno nacional podría apelar la decisión del juez Lavié Pico para que sea revisada por la Cámara de Apelaciones del Fuero Contencioso Administrativo Federal.

"El juez Dr. Lavié Pico acaba de habilitarnos la feria judicial y nos desvincula del proceso colectivo. Ahora vamos por la cautelar", escribió en la red social X el abogado Jorge Rizzo, promotor de uno de los recursos contra el DNU. 

Y agregó: "Lavié Pico desestimó la inhibitoria del Ejecutivo. Quiere decir que esos amparos continúan en el fuero Laboral. Con esto y el desguace del proceso colectivo se produjo una durísima continuidad de golpes al mentón de los equipos jurídicos del PEN. Viva la República Carajo".

Por su lado, el magistrado se expresó sobre la decisión tomada: "La normativa cuestionada modifica leyes que regulan materias muy disímiles entre sí y que tramitarían en diferentes ámbitos judiciales, por lo que podrá, en su caso, examinarse de manera independiente y en relación con cada materia ante los diferentes tribunales en su competencia específica, ya que las decisiones sobre su aplicación y/o validez podrían ser diferentes en cada supuesto y en cada jurisdicción".

Otra cautelar contra la reforma laboral

La Cámara Nacional del Trabajo dictó este jueves una nueva medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del DNU del gobierno de Milei, informaron fuentes judiciales.

Se trata de la segunda cautelar concedida por ese tribunal: este miércoles había hecho lugar a un planteo de la CGT y durante la jornada a uno de la CTA.

Los jueces resolvieron "disponer la suspensión cautelar de los efectos del DNU 70/2023 en lo que hace a la operatividad de las previsiones contenidas en su Título IV (TRABAJO -arts. 53 a 97-) hasta tanto se dicte resolución sobre el fondo".

La decisión fue alcanzada con el voto de la jueza Andrea García Vior al que adhirió su colega Alejandro Sudera, mientras que no votó la magistrada María Dora González, quienes integran la sala de feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

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