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Chau Veraz, dice Tetaz: propone un blanqueo que "permite que todos los dólares fuera del sistema se vuelquen a la actividad"

"Es parte de nuestra contribución al cambio de régimen económico que se viene en Argentina", dice Tetaz

La propuesta del diputado Martín Tetaz
La propuesta del diputado Martín Tetaz .
01 diciembre de 2023

El diputado nacional Martín Tetaz presentó un proyecto de blanqueo que apunta a la posibilidad de que se regularicen todos los que tienen capitales que le sirven a nuestro país y para que quienes están al día y no tienen deudas no paguen durante cuatro años el impuesto a los Bienes Personales. 

"El proyecto contempla un alivio para todos los que tienen créditos impagos del sistema financiero y están en el Veraz permitiéndole regularizar esa situación", explica el diputado radical y agrega: "En este próximo año en el que cambiará el régimen económico de la Argentina es justo hacer borrón y cuenta nueva".

El artículo 2 del proyecto dice: "Las personas humanas, las sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 53 de la ley 20.628 de Impuesto a las Ganancias — (texto ordenado en 2019), domiciliadas, residentes en la República Argentina en los términos del artículo 116 y siguientes de la citada ley, estén establecidas o constituidas en el país al 30 de octubre de 2023, inscriptas o no ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, podrán declarar de manera voluntaria y excepcional ante dicha Administración Federal, la tenencia de bienes en el país y en el exterior, en las condiciones previstas en la presente ley, dentro de un plazo que se extenderá desde la entrada en vigencia de esta ley hasta el 31 de mayo de 2023, inclusive".

El número 3, en tanto, plantea que podrán ser objeto de la declaración voluntaria y excepcional estos activos:

  • Tenencia de moneda nacional o extranjera.
  • Inmuebles.
  • Muebles, incluido acciones, participación en sociedades, derechos inherentes al carácter de beneficiario de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares, toda clase de instrumentos financieros o títulos valores, tales como bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia (ADRs), cuotas partes de fondos y otros similares.
  • Demás bienes en el país y en el exterior incluyendo créditos y todo tipo de derecho susceptible de valor económico.

Los bienes declarados deberán ser preexistentes a la fecha de promulgación de la presente ley en el caso de bienes declarados por personas humanas y a la fecha de cierre del último balance cerrado con anterioridad al 1° de julio de 2023, en el caso de bienes declarados por personas jurídicas. 

El economista Martín Tetaz
El economista Martín Tetaz

"No podrán ser objeto de la declaración voluntaria y excepcional prevista en esta ley, las tenencias de moneda o títulos valores en el exterior, que estuvieran depositadas en entidades financieras o agentes de custodia radicados o ubicados en jurisdicciones o países identificados por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) como de Alto Riesgo o No Cooperantes", aclarea.

"Ahora que volvió la alegría, quiero contarles que acabamos de presentar un proyecto para un blanqueo que permite que todos los dólares fuera del sistema, se vuelquen a la actividad. También contempla un plan de regularización para todos los que están en el Veraz. Es parte de nuestra contribución al cambio de régimen económico que se viene en Argentina", dijo Tetaz en sus redes. 

En su intercambio con otros foristas, que decían que la gente no confiaría y blanquearía, Tetaz dijo". "Ya lo logró Macri en su momento y si hay un cambio de régimen la gente vuelve ...imaginate que volvieron a depositar en los bancos despues del corralito".

El artículo 20 plantea un premio para los cumplidores: "Los contribuyentes que hayan cumplido con sus obligaciones tributarias correspondientes a los tres (3) períodos fiscales inmediatos anteriores al período fiscal 2023, gozarán de la exención del impuesto sobre los bienes personales por los períodos fiscales 2023, 2024, 2025 y 2026, inclusive".

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