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La AFIP habilita hoy el sistema para el trámite de los Créditos a Tasa Subsidiada y el Repro II

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29 diciembre de 2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó hoy nuevamente el sistema para que los empleadores tramiten los Créditos a Tasa Subsidiada del programa ATP y el Repro II. Estas medidas surgieron para hacer frente al pago de los salarios de diciembre a partir del impacto que tuvo la pandemia en la economía.

https://twitter.com/AFIPcomunica/status/1343902012069605379

De acuerdo a la resolución publicada en el Boletín Oficial, las empresas registradas en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán iniciar el procedimiento en la página web de AFIP entre el 30 de diciembre y el 8 de enero. 

Además, este programa complementó los Créditos a Tasa Subsidiada con los Repro II. Los empleadores que decidan aplicar, deberán recabar y presentar a través del servicio web del programa ATP el último balance junto con un conjunto de datos económicos sobre la empresa.

La posibilidad de acceder a cada uno de los beneficios depende del tipo de actividad desarrollada por la empresa o la variación nominal en su nivel de facturación. Las empresas que no desarrollan actividades críticas y registran una variación nominal negativa en su facturación entre noviembre de 2020 y 2019, podrán optar entre tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27% anual o solicitar el Repro II. Por su parte, las empresas no afectadas en forma crítica que registran una variación nominal positiva en su facturación de 0% a 35%, podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33% anual. 

A su vez, las empresas que accedan a los Créditos a Tasa Subsidiada contarán con un período de gracia de tres meses, de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas.

Los créditos contarán con un período de gracia de tres meses, y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas. El sistema para tramitar los créditos será habilitado el 30 de diciembre, y el proceso para acceder al financiamiento se inicia a través del sitio web de la Administración. 

Por otro lado, las empresas que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo, podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.

Según lo establecido por el Gobierno nacional, las metas de sostenimiento o creación de empleo y los beneficios correspondientes serán diferentes, según la cantidad de empleados que tenga la empresa. Se clasificará a las empresas en tramos de uno a nueve trabajadores; de 10 a 39; de 40 a 199 y de 200 a 800 empleados. La cantidad de trabajadores que se tendrá en cuenta para determinar el tramo en el que encuadra la empresa, será el promedio del cuarto trimestre de este año.

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