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Contribuyentes cumplidores

AFIP reintegrará $ 1.345 millones a 649.000 monotributistas y autónomos: ¿Quiénes lo cobrarán?

Alcanza a quienes hayan pagado en tiempo y forma su cuota mensual.

Se trata de un beneficio al cumplimiento que alcanza a más de 649.000 pequeños contribuyentes de todo el país.
Se trata de un beneficio al cumplimiento que alcanza a más de 649.000 pequeños contribuyentes de todo el país.
23 mayo de 2022

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reintegrará un total de más de $ 1.345 millones a más de 649.000 pequeños contribuyentes, que abonaron durante 2021 por débito automático o tarjeta de crédito.

Se trata de un beneficio al cumplimiento que alcanza a más de 649.000 pequeños contribuyentes de todo el país: 557.000 monotributistas y 92.000 autónomos.

La medida implementada por el organismo consiste en la devolución de una porción del componente impositivo abonado a lo largo del año y alcanza a quienes hayan pagado en tiempo y forma su cuota mensual.

En ese sentido, la cantidad de pequeños contribuyentes que recibirán el reintegro este año es un 62% superior a la de 2021, y el incremento responde principalmente a un mayor cumplimiento por parte de los monotributistas y autónomos.

De esta forma, el reintegro para monotributistas y autónomos “se suma a otros beneficios puestos en práctica en los últimos meses para pequeños contribuyentes como la moratoria y la condonación de deudas hasta $ 100.000 contenidos en la ley de alivio fiscal, herramientas que fueron utilizadas por más de 857.000 pequeños contribuyentes”, destacaron desde AFIP mediante un comunicado.

  • Las personas beneficiadas recibirán un importe equivalente al impuesto integrado mensual y el pago será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.

Por su parte, en el caso de contribuyentes que hayan iniciado la actividad el año pasado y por ello no hubieran abonado 12 meses completos tendrán la devolución del 50%, siempre que la cantidad de cuotas pagadas en término fueran entre 6 y 11, ambas inclusive, informaron desde el organismo.

  • El monto acreditado -o los motivos por los cuales no se realizó el reintegro- podrá consultarse en el servicio “CCMA - Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, al que se ingresa con clave fiscal, y los pequeños contribuyentes que deseen adherir al débito automático pueden obtener información el sitio web de AFIP, https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiaDeTramites/VerGuia.aspx?tr=69.

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