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Las ART deberán cubrir a los trabajadores esenciales que contraigan coronavirus

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14 abril de 2020

El Gobierno oficializó hoy en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que establece que las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) deberán cubrir a los trabajadores que, en el desempeño de actividades y servicios esenciales, contraigan coronavirus ya que fue clasificada como “presuntivamente una enfermedad de carácter profesional”.

“En atención a las consecuencias socioeconómicas resultantes de la propagación del coronavirus, se estima necesario formular e implementar de inmediato políticas laborales y de seguridad social coordinadas para tutelar la salud de los trabajadores y las trabajadoras con riesgo de exposición al virus SARS-CoV-2, por el hecho o en ocasión de su desempeño laboral”, se argumentó en el Decreto 367/2020. 

Esta norma incluye a todos “las y los trabajadores dependientes excluidos mediante dispensa legal y con el fin de realizar actividades declaradas esenciales” mientras que “se encuentre vigente la medida de aislamiento dispuesta por esas normativas, o sus eventuales prórrogas”.

En este contexto, el Gobierno reglamentó que las “ART no podrán rechazar la cobertura de las contingencias y deberán adoptar los recaudos necesarios para que, al tomar conocimiento de la denuncia del infortunio laboral acompañada del correspondiente diagnóstico confirmado emitido por entidad debidamente autorizada, la trabajadora o el trabajador damnificado reciba, en forma inmediata, las prestaciones previstas en la Ley N° 24.557 (Ley de Riesgos de Trabajo), y sus normas modificatorias y complementarias".

En el caso de los trabajadores de salud, se considerará que la enfermedad producida por el virus guarda relación de causalidad directa e inmediata por su labor, por lo que el decreto les será efectivo hasta los 60 días posteriores a la finalización de la declaración de emergencia sanitaria, prevista hasta el 12 de marzo de 2021.

En un comunicado de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), organismo que controla a las ART, informó hoy que los empleadores deberán exhibir de manera obligatoria un afiche con medidas de prevención en los ámbitos laborales y recomendaciones sobre la correcta utilización de los elementos de protección personal.

Además, indicó que los trabajadores que contraigan la enfermedad deberán efectuar la denuncia a la ART a la que se encuentre afiliado, “la cual deberá ser considerada como enfermedad profesional no listada y se deberán otorgar las prestaciones correspondientes”.

El decreto fue celebrado hoy la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y lo catalogaron como un “triunfo” del sindicato. “Este es un logro de la organización porque, el 19 de marzo pasado enviamos a la Superintendencia de Riesgos de Trabajo y al propio Ministerio de Trabajo un reclamo para que el Covid-19 y el Dengue sean reconocidos como enfermedades profesionales”, manifestó Hugo “Cachorro” Godoy, secretario general de ATE.

Y agregó: “Por eso hoy valoramos la respuesta del presidente Alberto Fernández de reconocer al Covid-19 como enfermedad profesional y reconocer a los trabajadores asignados a la emergencia en otras actividades no sanitarias la misma condición, para que las ART se hagan cargo de manera inmediata del tratamiento y abordaje de esa enfermedad”.

“Es una puesta en valor de la iniciativa de nuestras organizaciones gremiales y la voluntad y decisión del presidente Alberto Fernández de escucharnos y actuar en consecuencia”, finalizó Godoy.

https://twitter.com/ateprensa/status/1250069228784357377

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