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Elecciones legislativas: cuáles son los diferentes tipos de votos que pueden emitir los electores

Los votos que emitan los ciudadanos y ciudadanas el próximo domingo en las elecciones legislativas se pueden clasificar en tres categorías

Elecciones legislativas: cuáles son los diferentes tipos de votos que pueden emitir los electores
12 noviembre de 2021

Los votos que emitan los ciudadanos y ciudadanas el próximo domingo en las elecciones legislativas se pueden clasificar en tres categorías como válidos, nulos y transitorias, que luego tendrá subcategorías como el sufragio afirmativo y el voto en blanco, ambos considerados admitidos por la ley.

  • Según el Código Nacional Electoral, los tipos de votos válidos son los "afirmativos", que son aquellos que se emiten con boleta oficializada de una misma agrupación para todas las categorías, o cuando para cada categoría de cargo se eligen boletas oficializadas de fuerzas políticas diferentes.
  • También es considerado legítimo el voto en blanco, que es cuando el sobre está vacío o contiene un trozo de papel de cualquier color sin ninguna inscripción. Cuando falta un cuerpo de boleta correspondiente a una categoría, se considera voto en blanco solo para dicha categoría.
  • En tanto, el voto recurrido es aquel cuya validez o nulidad es cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. En ese caso, el fiscal deberá fundamentar en el formulario especial de voto recurrido con "expresión concreta de la causa".
  • Con respecto al voto nulo, se trata de aquel que se emite con una boleta no oficializada, o cuando se emite con inscripciones o imágenes inadecuadas o se hayan incluido objetos extraños.
  • También se considera nulo cuando se hayan incluido boletas de distintas agrupaciones políticas para una misma categoría de cargos, o cuando se emite mediante boleta oficializada que contiene inscripciones o leyendas de cualquier tipo.
  • Otro de los tipos de impugnación es cuando hay un "voto de identidad impugnada", que es un voto sobre el cual el presidente de mesa o los fiscales consideran que el votante ha falseado su identidad; es decir, que no es el titular del documento cívico que presenta.
  • La impugnación se realiza en el momento previo a emitirse el sufragio.

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