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Disposición del BCRA

Las jubilados y pensionados que viven en el exterior podrán cobrar sus haberes en divisas

De esta manera se generaliza el sistema para las que lo perciben de otros organismos previsionales y/o rentas vitalicias previsionales

Los jubilados y pensionados podrán cobrar en divisas en una cuenta bancaria de su titularidad en el país de residencia.
Los jubilados y pensionados podrán cobrar en divisas en una cuenta bancaria de su titularidad en el país de residencia.
16 junio de 2022

Los argentinos residentes en el exterior que perciban jubilaciones, pensiones o renta vitalicia podrán cobrarlas en una cuenta bancaria de su titularidad en el país de residencia, de acuerdo a la medida que fue dispuesta hoy por el Directorio del BCRA.

Hasta ahora se permitía este procedimiento para las personas beneficiarias de jubilaciones y pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

De esta manera se generaliza el sistema para las que lo perciben de otros organismos previsionales y/o rentas vitalicias previsionales.

"Las transferencias en divisas serán por hasta el monto percibido por tales conceptos en los últimos 30 días corridos y en la medida que se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado", detalló la entidad monetaria en un comunicado.

 

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