Boletín Oficial

La inscripción al Repro II será del 22 al 28 de noviembre para salarios devengados este mes

Además, extendió la asistencia en sectores críticos
19-11-2021
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El Ministerio de Trabajo estableció el plazo para la inscripción al Programa de Reactivación Productiva II (Repro II), y extendió el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos para los salarios devengados este mes, a través de la Resolución 643/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.

  • La norma estableció que el plazo para la inscripción en ambos programas será desde el 22 al 28 de noviembre próximos.

Además, determinó las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Repro II.

  • Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) serán octubre de 2019 y de 2021, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.
  • Asimismo, el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será octubre último.
  • En tanto, el corte de actualización de bajas de nómina y el de CBU serán hasta el 20 de noviembre.

En el caso de trabajadoras y trabajadores independientes, deberán presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre octubre último y mismo mes de 2019.

Asimismo, el período de referencia de pagos a acreditar será para autónomos desde marzo de este año hasta setiembre último; y para monotributistas desde abril hasta octubre.

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