El Gobierno reglamentó un aspecto central de la reforma laboral: el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), orientado a promover la registración de trabajadores informales mediante reducciones en las contribuciones patronales. La medida fue oficializada a través del Decreto 315/2026, publicado en el Boletín Oficial, con las firmas de Javier Milei, Manuel Adorni, Luis Caputo y Sandra Pettovello.
El régimen apunta a incentivar nuevas contrataciones formales en el sector privado, especialmente de personas que no tenían empleo registrado al 10 de diciembre de 2025, que estuvieron desempleadas en los seis meses previos o que provienen del monotributo o del sector público. Según el decreto, las relaciones laborales alcanzadas deberán iniciarse entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027.
Uno de los puntos clave es que los empleadores podrán incorporar trabajadores bajo este esquema hasta un máximo del 80% de su nómina, siempre que estén registrados como tales desde diciembre de 2025. Además, el beneficio contempla una reducción de las contribuciones patronales durante 48 meses, con alícuotas que oscilan entre el 2% y el 3%, dependiendo del subsistema de la seguridad social.
El texto también aclara que los ingresos adicionales del trabajador no afectan el beneficio para el empleador, aunque establece límites: no se podrán combinar estas reducciones con otros beneficios previstos en la ley y se mantiene como obligatoria la contribución al Fondo de Asistencia Laboral. Asimismo, se fija que el incumplimiento de las condiciones implicará la pérdida automática del régimen.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de aplicar controles sistémicos y exigir la devolución de aportes no ingresados con intereses y sanciones. El decreto ya está vigente y habilita a la Secretaría de Trabajo y a ARCA a dictar normas complementarias. La reforma laboral, aprobada en febrero y promulgada en marzo, había sido suspendida por la Justicia y luego restituida.


