El Economista - 70 años
Versión digital

sab 20 Abr

BUE 18°C
Tras advertencia

El BCRA prohíbe a los bancos que vendan criptomonedas

La entidad monetaria tomó la desición días después de que Banco Galicia y Brubank habilitaran la oferta de criptoactivos a sus clientes

Las entidades del sistema financiero no podrán realizar ni facilitar a sus clientes operaciones con activos digitales.
Las entidades del sistema financiero no podrán realizar ni facilitar a sus clientes operaciones con activos digitales.
05 mayo de 2022

El BCRA dispuso este jueves que las entidades del sistema financiero no podrán realizar ni facilitar a sus clientes operaciones con activos digitales. Esto incluye a los criptoactivos y aquellos cuyos rendimientos se determinen en función de las variaciones que ésos registren, que no se encuentren regulados por autoridad nacional y autorizados por la autoridad monetaria.

La medida dispuesta por el Directorio del BCRA tiene lugar a días de que el Banco Galicia y Brubank anunciaron que comenzarían a ofrecer operaciones con criptomonedas.

La medida dispuesta por el Directorio del BCRA procura mitigar los riesgos asociados a las operaciones con estos activos que podrían generar para las personas usuarias de servicios financieros y para el sistema financiero en su conjunto”, detalló la entidad monetaria a través de un comunicado.

A su vez, recordó que la actividad de las entidades financieras “debe estar orientada a financiar la inversión, la producción, la comercialización, el consumo de los bienes y servicios requeridos tanto por la demanda interna como por la exportación”. “Los distintos actores implicados en las operaciones con estos activos pueden no encontrarse establecidos en el país, lo que podría generar apartamientos a la normativa general”, consideró el BCRA.

En mayo de 2021, el BCRA y la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicaron una alerta a efectos de proveer información sobre eventuales implicancias y riesgos que los criptoactivos pueden acarrear, así como recomendar una actitud prudente a fin de mitigar una eventual fuente de vulnerabilidad para las personas usuarias e inversores.

En esa publicación, se destacó que “los criptoactivos pueden definirse como una representación digital de valor o de derechos que se transfieren y almacenan electrónicamente mediante la Tecnología de Registro Distribuido (Distributed Ledger Technology, DLT) u otra tecnología similar”.

Además, se mencionaron algunos de los riesgos asociados a este tipo de operaciones: su elevada volatilidad, los riesgos asociados a las disrupciones operacionales y a los ciberataques, al lavado de activos/financiamiento del terrorismo y al potencial incumplimiento a la normativa cambiaria, a la ausencia de salvaguardas e información completa que la regulación vigente prevén para las personas usuarias de servicios financieros y al carácter transfronterizo de las operaciones.

En esta nota

Seguí leyendo

Enterate primero

Economía + las noticias de Argentina y del mundo en tu correo

Indica tus temas de interés