En un giro inesperado que promete reconfigurar el escenario del cannabis medicinal en el país, el Gobierno nacional puso en marcha un nuevo marco regulatorio con la publicación de la Resolución 1780/2025 en el Boletín Oficial, a la medianoche del viernes. ¿El motivo? Frenar lo que consideran un "uso indebido y abusivo" del sistema vigente.
La normativa, elaborada por el Ministerio de Salud, apunta a corregir "los efectos adversos del sistema tal como actualmente se encuentra regulado" y plantea un reordenamiento profundo en el ecosistema cannábico terapéutico. El foco está puesto en los cultivadores, con una mirada también sobre "la figura de los proyectos de investigación que, en la práctica, se han constituido en una categoría especial y trascendente".
"Como es de público conocimiento, se ha advertido en la práctica el uso indebido y abusivo de las herramientas que dispone la normativa", dice la resolución y señala que "estos abusos mayoritariamente se han manifestado mediante el uso indebido de la figura del 'tercero solidario' contemplada en la Resolución MSAL N° 800/21, por personas que utilizan el permiso en ese carácter otorgado con fines de comercialización".
- Entre las reformas clave, se redefinen los permisos de cultivo con cuatro nuevas categorías: "pacientes autocultivadores, familiares, terceros autorizados y organizaciones civiles". Los primeros tendrán certificados válidos por tres años, mientras que el resto deberá renovarlos anualmente.
Pero eso no es todo. Quienes ya cuenten con autorización tendrán "seis meses para adecuarse a los nuevos requisitos", o serán dados de baja por "no cumplir con los estándares sanitarios apropiados para una operatoria segura y eficiente".
Con esta actualización, el Ministerio de Salud, a cargo de Mario Lugones, aseguró que busca afianzar "el espíritu social y médico-sanitario que motivó la sanción de la ley".
Una novedad crucial: los terceros autorizados deberán contar con un Director Médico con especialización o experiencia comprobada en cannabis medicinal. Además, las entidades que desarrollen proyectos de investigación bajo la Ley 27.350 podrán sumarse al Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), reforzando "el espíritu social y médico-sanitario que motivó la sanción de la ley".
- Esta medida no llega sola. Se suma a las exigencias impuestas en agosto de 2024, cuando el entonces ministro Mario Russo advirtió que "las ONG's que se encargaran del cultivo debían estar registradas y habilitadas ante el organismo de inscripción y fiscalización que correspondiera a cada jurisdicción". Además, remarcó que las asociaciones debían notificar "al municipio el objeto de la asociación civil, que debía tener al menos en parte 'el fin sanitario y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales'".
Aquella regulación también exigía que los miembros de las comisiones directivas no tuvieran antecedentes penales y que, para inscribirse en el Reprocann, fuera indispensable contar con "indicación médica para uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico que se encontrara registrado en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y contara con una diplomatura o maestría sobre el uso medicinal de la Planta del Cannabis Medicinal".
Con esta serie de medidas, el Gobierno endurece el control pero también busca legitimar y profesionalizar un campo en constante expansión, donde la salud y la investigación caminan cada vez más de la mano.