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La Unión Europea levantó las restricciones para los viajes desde Argentina: aceptan todas las vacunas

Seguirá habiendo test y cuarentenas, que determinen las autoridades nacionales competentes del país al que viajen

La Unión Europea levantó las restricciones para los viajes desde Argentina: aceptan todas las vacunas
29 octubre de 2021

El Consejo de la Unión Europea levantó, a partir de hoy, las restricciones para los viajes desde Argentina, teniendo en cuenta la mejora de la situación epidemiológica en el país, informó la Cancillería que encabeza Santiago Cafiero.

El Ministerio de Relaciones Exteriores precisó, a través de un comunicado, que la Argentina fue agregada al Anexo I de la Recomendación del Consejo 2020/912, en la cual los Estados miembros de la UE acordaron un enfoque común para viajar a la Unión Europea, lo cual significa que "los viajes desde Argentina a la UE no deberían verse afectados por restricciones ligadas al Covid-19".

  • “A partir del día de hoy y teniendo en cuenta la mejora de la situación epidemiológica en Argentina, el Consejo de la Unión Europea ha tomado la decisión de agregar a nuestro país al Anexo I de la Recomendación del Consejo 2020/912, en la cual los Estados miembros de la UE han acordado un enfoque común para viajar a la Unión Europea”, informó esta mañana la Cancillería.

Estar incluido en el Anexo I “significa que se permiten todos los viajes desde el país en cuestión, independientemente del estado de vacunación”.

De esta manera, los argentinos y residentes podrán ingresar a la Unión Europea “debiendo solamente cumplir con las medidas relacionadas con la salud, como test y cuarentenas, que determinen las autoridades nacionales competentes del país al que viajen”.

Desde Cancillería advirtieron que eso es posible debido a que Argentina “fue incorporado en la lista de los terceros países, para los que deben levantarse gradualmente las restricciones de viaje impuestas por el bloque en el marco de la Covid-19”.

“Esta lista, que se revisa periódicamente, da cuenta del cumplimiento de nuestro país con una serie de criterios acumulativos determinados por la UE y vinculados a la evolución favorable y sostenida de la situación epidemiológica, el manejo de la pandemia, el avance de la vacunación y la reciprocidad”, se apuntó.

Al día de hoy, además de Argentina, tan sólo 18 países y los territorios de Hong Kong, Macao y Taiwán están incluidos en la referida lista.

  • Argentina (nuevo),
  • Australia,
  • Baréin,
  • Canadá,
  • Chile,
  • Colombia (nuevo),
  • Jordania,
  • Kuwait,
  • Namibia (nuevo),
  • Nueva Zelanda,
  • Perú (nuevo),
  • Qatar,
  • Ruanda,
  • Arabia Saudí,
  • Singapur,
  • Corea del Sur,
  • Ucrania,
  • Emiratos Árabes Unidos,
  • Uruguay,
  • China, con sujeción a confirmación de reciprocidad.

Contexto

El 30 de junio de 2020, el Consejo adoptó una Recomendación sobre el levantamiento gradual de la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE. Dicha Recomendación incluía una lista inicial de países para los que los Estados miembros debían comenzar a levantar las restricciones de viaje en las fronteras exteriores. La lista se revisa cada dos semanas y se actualiza si procede.

El 20 de mayo, el Consejo adoptó una Recomendación de modificación para responder a las campañas de vacunación en curso mediante la introducción de determinadas dispensas para personas vacunadas y mediante la simplificación de los criterios para levantar las restricciones aplicables a terceros países. Al mismo tiempo, las modificaciones tienen en cuenta los posibles riesgos que plantean las nuevas variantes mediante el establecimiento de un mecanismo de «freno de emergencia» para reaccionar con rapidez ante la aparición de una variante de interés o una variante preocupante en un tercer país.

La Recomendación del Consejo no es un instrumento jurídicamente vinculante. Las autoridades de los Estados miembros siguen siendo responsables de la aplicación de su contenido y pueden, con total transparencia, decidir levantar solo progresivamente las restricciones de viaje aplicables a los países de la lista.

Ningún Estado miembro debe decidir el levantamiento de las restricciones de viaje a terceros países no incluidos en la lista antes de que se haya decidido de manera coordinada.
 

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