Este martes se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 196/2025 que introduce una serie de cambios en la Ley de Tránsito 24.449, y que incluye modificaciones en varios aspectos como las licencias de conducir (particular y profesional), la VTV, los peajes sin barreras, la certificación de trailers y la importación de vehículos por parte de particulares.
El Ministro Federico Sturzenegger lo confirmó en su cuenta de X donde detalló cada uno de los cambios y su impacto:
A través de un trabajo articulado entre el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado a cargo de Sturzenegger, y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, el Gobierno modernizó una normativa con casi 30 años de antigüedad.
De esta manera, se busca agilizar trámites administrativos y reducir costos para los conductores, tanto particulares como profesionales; simplificar los procesos de renovación del Sistema Nacional de Licencias de Conducir; implementar la licencia nacional digital; eliminar la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) y permitir la incorporación de peajes sin barreras.
Licencia de conducir
Una de las mejoras de la normativa es que la licencia nacional de conducir será digital y válida en todo el país. Para su renovación los conductores presentarán un certificado de aptitud psicofísica de manera on line, cada 5 años si son menores de 65 años, cada 3 años en mayores de 65 y anualmente después de los 70 años.
Para los casos en que la persona posea antecedentes por infracciones graves, la revalidación requerirá también la aprobación del examen teórico práctico (para quienes hayan cometido 5 infracciones graves o más).
A su vez, los conductores principiantes seguirán utilizando el cartel identificatorio de su condición durante los primeros 6 meses de expedida la licencia y, de incurrir en faltas graves durante los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia.
Tanto los cursos teórico-prácticos como los exámenes de aptitud psicofísica, necesarios al momento de la obtención de la licencia, podrán realizarse en forma descentralizada por prestadores públicos y/o privados, con estándares y exigencias previamente definidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Los certificados podrán presentarse de manera on line, agilizando y modernizando los procesos. Conductores profesionales de cargas generales y transporte de pasajeros
Se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), popularmente llamado "Registro Moyano", en referencia al histórico titular del gremio de Camioneros.
Las licencias nacionales de conducir de las clases C, D y/o E (profesionales) serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Cambios en la VTV
Respecto de los plazos para la realización de las revisiones técnicas (conocidas como VTV o RTO, según el distrito), en vehículos 0 km de uso particular, se extiende a 5 años a partir de la fecha de patentamiento inicial.
En el caso de los 0 km de uso no particular, tendrán que hacer su primera revisión en el plazo que establezca la jurisdicción local, y que no podrá superar el año.
En vehículos usados de uso particular con hasta 10 años de antigüedad la revisión técnica tendrá una vigencia de 2 años y en los de antigüedad mayor a 10 años la vigencia será anual.
Además, podrán realizarse ya no sólo en plantas de inspección, que tenían el monopolio, sino también en concesionarios oficiales y talleres acreditados.
Por otra parte, no sólo seguirá entregándose la oblea para pegar en el parabrisas sino que también habrá un certificado digital para ser llevado en todo momento en el celular.

Peajes
Otro cambio que moderniza el sistema es la implementación en todas las rutas nacionales del país de los peajes sin barreras, que no obstaculicen el tránsito vehicular.
Para ello la Dirección Nacional de Vialidad deberá establecer un cronograma de implementación que prevea que, para junio de 2027, todas las rutas nacionales deberán contar exclusivamente con sistemas de cobro free Flow.
Finalmente, la normativa incluye el concepto de "vehículo autónomo", estableciendo los requisitos obligatorios con diferentes niveles de automatización.
Trailers y casas rodantes
A partir de ahora, trailers y casas rodantes categoría O1 (acoplados, remolques y trailers para el traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar de hasta 750 kilos), podrán ser trasladados por cualquier vehículo y bastará con tramitar un solo Certificado de Seguridad Vehicular (CSV).
Hasta ahora había que realizar este trámite por cada vehículo para asociarlo al trailer. Esto impactará en menores costos, ahorro de tiempo para los usuarios y menor burocracia.
Importación de vehículos
Quien desee importar un vehículos desde el exterior ahora podrá hacerlo con menos burocracia ya que no se requerirá la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) ni la Licencia de Configuración Ambiental (LCA) cuando se trate de vehículos homologados en otros mercados "de alta vigilancia" como Europa, Estados Unidos, Japón o Australia.
Tanto para las importaciones de personas físicas como operaciones particulares, se introduce el Certificado de Seguridad Vehicular (CSV), que también aplica a trailers, remolques y casas rodantes, que se gestiona a través de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
Asimismo, el Gobierno decidió eliminar la obligatoriedad del Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad (CHAS), por lo que se permite la importación libre de autopartes de vehículos, lo cual permitirá sustituir piezas o acceder a las que no haya localmente.