Nuevo revés judicial para Milei: declaran inconstitucional su DNU contra la huelga
La Justicia laboral, a través del Juzgado Nacional del Trabajo N° 3, dirigido por la jueza Moira Fullana, resolvió a favor de un amparo presentado por la CGT contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25, impulsado por el presidente Javier Milei. Este decreto restringía el derecho a huelga al declarar la navegación como servicio esencial y exigir un 75% de prestación mínima durante conflictos laborales, como paros. La jueza declaró inconstitucionales los artículos 2 y 3 del DNU, argumentando que vulneran derechos fundamentales de los trabajadores.
El fallo responde a la acción de amparo de la CGT, que denunció que el decreto violaba el artículo 99 de la Constitución Nacional, afectaba la división de poderes y restringía de manera injustificada los derechos laborales. Según la central obrera, el DNU imponía modificaciones perjudiciales para los trabajadores, contraviniendo tratados internacionales y el artículo 14 bis de la Constitución, que protege la libertad sindical. La jueza respaldó esta postura, destacando que la norma presidencial limitaba derechos sin justificación suficiente.
En su resolución, Fullana señaló que, al momento de emitirse el DNU, el Congreso Nacional estaba en pleno funcionamiento, por lo que no existían las "circunstancias excepcionales" requeridas para que el Poder Ejecutivo legislara por decreto. El fallo subraya que el ejercicio de facultades legislativas por parte del Ejecutivo debe cumplir con condiciones estrictas, como la imposibilidad de tramitar una ley por la vía ordinaria o una urgencia que demande una solución inmediata, situaciones que no se verificaron en este caso.
La magistrada también cuestionó la ampliación de la lista de servicios esenciales, que incluía a la marina mercante, por considerarla una restricción indebida al derecho de huelga. Citando recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Fullana advirtió que definiciones amplias de "servicios esenciales" pueden debilitar los derechos laborales. Cabe destacar que, a principios de junio, la jueza había suspendido provisionalmente los efectos de los artículos 2 y 3 del DNU, pero el fallo reciente va más allá al declararlos inconstitucionales.
El Gobierno reaccionó con dureza, calificando a Fullana como "incompetente" y "jueza militante". El vocero presidencial, Manuel Adorni, criticó la celeridad del fallo y anunció que el Ejecutivo presentará una apelación para defender la eliminación de lo que calificó como "privilegios sindicales". Este no es el primer revés judicial para el Gobierno: la semana pasada, Fullana falló a favor de un amparo de la ATE contra otro decreto que eliminaba el Día del Empleado Público, ordenando la devolución de descuentos por ausencias el 27 de junio de 2025.