Asueto

¿Habrá asueto por las Fiestas? La decisión final de Milei y qué sectores no descansarán

Milei firmó un decreto clave para las Fiestas que afecta a millones. La decisión sorprendió a muchos y genera debate. ¿Asueto o no?
Asueto para empleados públicos el 24 y 31 de diciembre: qué servicios se garantizan Prensa Gobierno
15-12-2025
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El Gobierno nacional decretó asueto administrativo los días 24 y 31 de diciembre de 2025 para el personal de la Administración Pública Nacional. La medida fue oficializada esta madrugada mediante su publicación en el Boletín Oficial y lleva las firmas del presidente Javier Milei y del jefe de Gabinete Manuel Adorni.

  • Según el Decreto 883/2025, la decisión busca facilitar los preparativos y los desplazamientos familiares en las vísperas de Navidad y Año Nuevo, fechas que cuentan con un fuerte arraigo cultural, social y familiar en la Argentina.
  • El texto se apoya en la Ley N° 27.399, que establece el 25 de diciembre y el 1° de enero como feriados nacionales inamovibles.

En los considerandos, el Ejecutivo remarca que los días previos a esas celebraciones suelen destinarse a traslados y organización de reuniones familiares, por lo que considera oportuno otorgar tiempo para el descanso y el disfrute de las festividades. Además, sostiene que la medida tendrá un impacto positivo en el turismo interno, al favorecer los viajes y actividades recreativas.

El alcance del asueto se limita a la Administración Pública Nacional. El decreto instruye a los organismos del Estado a garantizar la continuidad de los servicios esenciales y aclara que la medida no incluye a bancos ni entidades financieras, que deberán operar con normalidad. Al tratarse de asueto y no de feriado, no implica un gasto adicional para el Estado.

Con esta disposición, los empleados públicos no trabajarán dos días consecutivos, ya que el 25 de diciembre y el 1° de enero son feriados inamovibles. En el sector privado, en cambio, el 24 y el 31 de diciembre seguirán siendo días laborables comunes, y cada empleador definirá si concede o no el día libre, sin obligación de pagar un adicional salarial.

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