Clave

El valor de las guías sobre fiscalidad de los criptoactivos emitidas por Suiza para Latinoamérica

Las guías brindan seguridad a los negocios jurídicos más comunes en el ámbito de los criptoactivos, y esto es una tarea pendiente en nuestra región
Suiza .
Compartir

En diciembre, la Administración Tributaria Federal de Suiza, así como la Asociación de Administraciones Tributarias de Suiza, publicaron sendas directrices y documentos relacionados con la fiscalidad de los criptoactivos, en particular en lo que corresponde a las criptomonedas.

Estas directrices están fundamentadas en casos que han sido de conocimiento de tales autoridades tributarias a diciembre de 2020.

Es así como en estas guías nos encontramos con un cuidadoso análisis sobre el tratamiento aplicable en diversos negocios jurídicos a los siguientes tipos de tokens.

  1. Deuda (debt tokens)
  2. Pago (payment tokens)
  3. Utilidad (utility tokens)
  4. No fungibles (non-fungible tokens)
  5. Respaldados por activos subyacentes (asset backed tokens)

Entre los diversos negocios jurídicos inherentes a estos tipos de tokens que son considerados especialmente por las guías suizas, nos encontramos con los siguientes.

  1. Airdrops
  2. Ofertas iniciales de tokens
  3. Comercio de tokens
  4. Minería
  5. Recompensas a trabajadores con tokens
  6. Staking efectuado por delegantes y validadores

Para los inversores interesados en los criptoactivos estas guías son muy importantes, pues permiten diferenciar el tratamiento fiscal aplicable a las ganancias de capital por la venta de criptoactivos, siendo que podrían ser libres de impuesto sobre la renta siempre que cumplan con los siguientes requisitos. 

  1. Derivados usados solamente como cobertura
  2. Ganancias de capital inferiores al 50% de la renta total en el período fiscal   correspondiente
  3. Período no menor a seis meses de tenencia
  4. Sin financiación de deuda
  5. Volumen de negociación inferior a cinco veces la participación al inicio del período fiscal de que se trate

Ahora bien, ¿por qué son importantes para América Latina estas guías sobre fiscalidad de los criptoactivos suiza? Porque brindan seguridad a los negocios jurídicos más comunes en el ámbito de los criptoactivos, y esto es una tarea pendiente en nuestro subcontinente.

Y esto es fundamental para el crecimiento de la economía de los criptoactivos: la certeza jurídica, que los inversionistas sepan a qué atenerse en el ámbito fiscal y que inclusive estos inversores puedan obtener una decisión anticipada sobre el tratamiento fiscal de un determinado negocio jurídico por parte de la administración tributaria 

El Estado suizo, representado en su administración tributaria, lejos de pretender regular los negocios jurídicos con criptoactivos para desalentarlos, para someterlos a una fiscalidad similar a la de otros tipos de mercado no vinculados con el ámbito de los criptoactivos, decidió, al contrario de la conducta esperable por parte del funcionario público latinoamericano, convertirse en promotor de esta nueva economía para lo cual ha venido despejando el camino para que todos (inversores entusiastas, entes e instituciones del Estado y sus ciudadanos), estén informados sobre el particular y dispongan de un marco regulatorio que ofrezca seguridad jurídica a todos los sujetos intervinientes.

Manuel Peñalver, un conocido político venezolano de la época cuando esa jurisdicción tenía la pretensión de ser una nación moderna, acuñó una frase lamentable y que representa perfectamente a la mayoría de sus pares latinoamericanos de antes y ahora: ¡No somos suizos! Así, pretendía justificar la supuesta imposibilidad de exigirle una determinada conducta a sus coterráneos debido a que al compararlos con los suizos, los venezolanos eran incivilizados y primitivos y en consecuencia tenían lo que se merecían.

Esto es un determinismo cultural absurdo y sin fundamento que en vez de ver allí, hoy en el ámbito de los criptoactivos, un mercado a promover y al cual el Estado debe ofrecerle certeza jurídica, nuestros políticos lo que en general ven es la necesidad de una regulación innecesaria que seguramente afectará negativamente a los negocios de ese mercado naciente, desalentándolos, limitándolos y dejando las definiciones clave a merced de un acto administrativo emitido por un funcionario incompetente. 

En fin, ¡no somos suizos! Pero ello no supone limitación alguna de los latinoamericanos para propiciar políticas públicas que ofrezcan seguridad jurídica en cualquier ámbito, y en particular en el ámbito de los criptoactivos, para así promover ese mercado en vez de desalentarlo.

En esta nota