Servicios digitales pagarán 8% (y no 30%)

28-12-2019
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El Gobierno estableció hoy que el impuesto a los servicios digitales que conlleven la cancelación de la tarifa correspondiente por su uso en moneda extranjera sea de 8%, a través del decreto 99 publicado en el Boletín Oficial.

Según específica el artículo 17 de la Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva, para la adquisición de los productos comprendidos en el inciso M de la Ley 27.541 que hace referencia a los "servicios digitales" se tendrá que tributar 8%.

Dicho inciso plantea que "se consideran servicios digitales, cualquiera sea el dispositivo utilizado para su descarga, visualización o utilización, aquellos llevados a cabo a través de la red Internet o de cualquier adaptación o aplicación de los protocolos, plataformas o de la tecnología utilizada por Internet u otra red a través de la que se presten servicios equivalentes que, por su naturaleza, estén básicamente automatizados y requieran una intervención humana mínima".

Así, para la adquisición de las plataformas digitales y aplicaciones como Netflix, Spotify o Airbnb, se tributará 8% y no 30% como se estipuló en un principio.