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La lista de famosos y empresarios que presentaron amparo contra el pago del Aporte Solidario

La Justicia falló en contra de una acción de amparo que presentó un contribuyente, quien en su denucnia calificó al Aporte Solidario como una "amenaza al derecho a la propiedad".

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30 junio de 2021

La Justicia rechazó una acción de amparo de un contribuyente que se negaba a pagar el "Aporte Solidario y Extraordinario" establecido en la ley 27.605. Sostuvo que la norma "respeta el principio de legalidad" y se enmarca en la "profunda y grave crisis sanitaria, social y económica" generada por la pandemia del Covid-19.

La Ley 27.605 "fue sancionada siguiendo el procedimiento de formación y sanción de leyes previsto en la Constitución Nacional", remarcó el titular del juzgado federal en lo Contencioso Administrativo federal 10, Walter Lara Correa, en el fallo.

La acción de amparo fue presentada el 16 de abril pasado por un contribuyente, identificado por sus iniciales L.F, quien buscaba obtener la declaración de "inconstitucionalidad" de la ley que estableció por única vez el "Aporte Solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia". Asimismo, había aludido a una "amenaza al derecho a la propiedad".

El magistrado rechazó el amparo al destacar que la Ley "es producto del debate parlamentario", "respeta el principio de legalidad y por lo tanto desde esta óptica de estudio, resulta un instrumento jurídico idóneo" Además, hizo un repaso de la situación económica y social generada en los países de América Latina a raíz de la pandemia desde inicios del 2020, y su repercusión en la Argentina.

"Es posible concluir que nuestra Nación, como consecuencia de la pandemia del Sars Covid 2 (Covid-19) está atravesando una profunda y grave crisis sanitaria, social y económica -que sufren más intensamente los grupos y/o sectores vulnerables- todo lo cual pone en riesgo el capital humano y productivo, acentuándose más las desigualdades distributivas, que ya existían con anterioridad", consideró Lara Correa.

En el fallo se mencionaron informes de organismos internacionales como la Cepal, que por ejemplo advierte "sobre el aumento de la pobreza en América Latina y el Caribe por la pandemia".

El juez se refirió además al programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, que advirtió que "los países sufrieron una carga desproporcionada de casos y muertes. Esto trajo consigo múltiples crisis económicas y sociales".

Al contestar la demanda, la AFIP argumentó que "la vía intentada por el sr L.F resulta improcedente, en tanto las afectaciones a los principios constitucionales sobre los que sustenta su pretensión, requieren de un procedimiento que permita un amplio debate y prueba, a efectos de no vulnerar el derecho de defensa".

Además, el organismo enfatizó que "el legislador posee la potestad para establecer la política económica que sea necesaria a los efectos del sostenimiento y funcionamiento del Estado Nacional". Por ello y "en virtud de la situación excepcional de pandemia", el Congreso de la Nación "declaró la emergencia pública y, en consecuencia, sancionó el 'Aporte' a fin de solventar diversas medidas tales como la creación del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)".

En el caso concreto, el magistrado consideró que el contribuyente no probó que se afecte su derecho a la propiedad ni "una porción sustancial de su patrimonio", y rechazó por falta de evidencia el argumento sobre la residencia fiscal en los Estados Unidos.

La decisión podría ser apelada ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

Este es uno de los casi dos centenares de amparos presentados para evitar pagar el impuesto, entre ellos los de famosos como Carlos Tevez y Gabriel Batistuta, todavía en trámite en los juzgados de primera instancia.

En marzo pasado, otra jueza del mismo fuero, Cecilia Gilardi Madariaga, otorgó una medida cautelar a un ejecutivo de la firma Globant para que la AFIP se abstenga de reclamar el cobro del impuesto hasta que se resuelva si corresponde o no otorgarle el amparo. Pero luego otros magistrados del fuero como Pablo Cayssials, Enrique Lavié Pico y Esteban Furnari rechazaron en diferentes casos el dictado de medidas cautelares para impedir a la AFIP reclamar el cobro del impuesto, mientras se tramitan los amparos.

Los famosos que presentaron amparo

Un centenar de contribuyentes presentaron amparos para evitar el pago del Aporte Solidario, entre ellos empresarios y famosos, de acuerdo con la nómina que se desprende de la consulta pública disponible en el sistema web del Poder Judicial de la Nación, bajo juridisdicción de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Los empresarios Héctor Magnetto, José Aranda y Lucio Pagliaro, vinculados con el Grupo Clarín, encuadrados en el pago del Aporte Solidario y Extraordinario, interpusieron un recurso de amparo para evitar el pago de ese tributo.

El listado incluye también a los futbolistas Carlos Tévez y Gabriel Batistuta, a las contribuyentes Matilde Noble Mitre y María Candelaria Caputo y a los empresarios Alejandro Saguier, Constancio Vigil, Artín Kalpakian y Eduardo Kalpakian.

También realizaron presentaciones los empresarios Cristiano Rattazi, Susana Balbo, Pilar Pérez Companc, Luciana Benotti, Renatro Cirelli, Jorge Luis Oubiña, Alicia Humuzia, Enrique Peláez, Carlos Sánches Alzaga y Viviana Novelle, entre otros.

La Ley de Aporte Solidario y Extraordinario de las grandes fortunas se aprobó a principios de diciembre del año pasado con el objetivo de moderar los efectos de la pandemia de coronavirus, y está destinado a los patrimonios superiores a los $200 millones.

El proyecto de ley fue impulsado por el presidente del bloque oficialista en la Cámara baja, Máximo Kirchner, bajo la premisa de recaudar alrededor de 300 mil millones de pesos para volcar a planes productivos y sanitarios.

La ley contempla el cobro de 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado hasta la fecha de la promulgación de la ley más de 200 $millones. Esa tasa se eleva al 2,25% en casos bienes por entre $300 y $400 millones de pesos, al 2,50% entre $400 y $600 millones y al 2,75% cuando sea de $600 a $800 millones.

A su vez, la tasa sube al 3% cuando los patrimonios oscilen entre $800 millones y $1.500 millones; al 3,25% para el rango de $1.500 a $3.000 millones, y a partir de esa cifra es del 3,5%.

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