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¿Cómo afectan las modificaciones en Ganancias a los trabajadores que ganan hasta $150.000?

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15 junio de 2021

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la ley 27.617. La normativa eleva el piso del pago del impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría a un mínimo de $150.000, a través de la Resolución General 5008/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La AFIP sostuvo a través de un comunicado que más de 1.200.000 trabajadores en relación de dependencia cobrarán a partir de julio, en cinco cuotas consecutivas, la devolución retroactiva de lo descontado desde enero por el pago de Ganancias. Los cambios en Ganancias también alcanzan al aguinaldo que cobran trabajadoras con un salario bruto de $150.000.

https://twitter.com/AFIPcomunica/status/1404461537906016256

“Los cambios en el Impuesto a las Ganancias ofrecerán un importante estímulo al mercado interno. La medida permite recomponer ingresos y apuntalar el consumo. Alrededor del 90% de las trabajadoras y los trabajadores no pagarán el impuesto”, indicó la titular del organismo, Mercedes Marcó del Pont, al referirse a las modificaciones impulsadas por el Gobierno nacional.

Además, la normativa instrumentó la deducción especial incrementada para que el impuesto sólo alcance a las personas con salarios mensuales superiores a $150.000 brutos, o aquellas jubilaciones que superen los 8 haberes mínimos. Asimismo, la medida permite que cerca de 200.000 personas con remuneraciones mensuales de entre $150.000 y $173.000 brutos afronten una menor carga tributaria.

Por otra parte, se incrementó el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa patrimonial para los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales: el nuevo valor para el período fiscal 2020 se ubicar en $2.500.000 (el anterior era de $2 millones).

La normativa también instrumentó las modificaciones introducidas por la ley 27.617, en relación con la eliminación del tope de edad para la deducción de Ganancias correspondiente a los hijos con discapacidad. Del mismo modo incorporó la deducción por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges, y eximió al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre próximo.

Además, se mantiene el beneficio del "22% adicional" en la región patagónica, pero con una carga tributaria menor que el resto de los contribuyentes, lo que "beneficiará a alrededor de 83.500 empleados y jubilados".

Por último, se excluyó del pago de Ganancias al reintegro de gastos de guardería para los hijos de hasta tres años, con un monto de hasta $67.000 por año.

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