El Economista - 70 años
Versión digital

vie 19 Abr

BUE 17°C

Fortalecer: asistencia a mipymes que quieran adherir a la Ley de Economía del Conocimiento

Finanzas-Pymes
Finanzas-Pymes
04 junio de 2021

Por Silvia Tedin (*) y Ricardo Proganó (**)

Las autoridades nacionales recientemente han reglamentado la Ley 27.506, que instituyó el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, con significativos beneficios fiscales para aquellas empresas que participen del mismo.

Ahora, mediante su Resolución 232/2021 (BO 14/05/2021), la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa dio un nuevo paso procediendo a crear el “Programa Fortalecer” y lanzar, a la vez, su primera convocatoria de proyectos.

El programa tiene como objetivo proporcionar asistencia financiera a empresas del ámbito de la economía del conocimiento, con el fin de mejorar sus posibilidades de acceso al régimen.

Los potenciales beneficiarios de la iniciativa comprenden a las empresas cuya actividad principal/secundaria posea “relación unívoca” con alguna de las actividades promovidas por la Ley 27.506, y también a aquellas que no cuenten aún con facturación en dichas actividades y manifiesten el desarrollo de las mismas de manera intensiva para incorporar conocimientos derivados de avances científicos y tecnológicos en sus productos, servicios o procesos productivos, con la finalidad de agregar valor e innovación.

En el caso de esta primera convocatoria sólo se incluye como solicitantes a las “Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1”, salvo para el Artículo 2° inciso A de la norma, que queda limitado a “Micro y Pequeñas Empresas”. Asimismo, se encuentran excluidas las compañías ya inscriptas en el Registro Ley 27.506 o que hayan estado registradas oportunamente en el Registro Ley 25.922.

El beneficio a otorgar consiste en un subsidio en efectivo (ANR) de entre $ 400.000 y $ 1.200.000, por hasta el 70% del total del proyecto de que se trate. Dichos fondos podrán ser aplicados a diversos gastos, dependiendo de la naturaleza de cada proyecto.

Al respecto, las iniciativas que presenten los interesados deberán estar orientadas a las siguientes actividades: Investigación y Desarrollo (adquisición de bienes de capital; insumos y materias primas necesarios; compra de hardware y software y obras civiles críticas), Internacionalización (promoción de exportaciones; consultoría en comercio exterior; producción de piezas y pautas publicitarias; compra de hardware y software y obras civiles críticas), Desarrollo de Capacitación (diseño de programas; adquisición de bienes de capital asociados; compra de hardware y software; y obras civiles críticas) y Gestión de Calidad (consultorías, auditorías, y ensayos vinculados con planes de mejora continua y certificaciones de normas de calidad; servicios tecnológicos; capacitación; adquisición de equipamiento informático; compra de licencias de software y obras civiles críticas).

En todos los casos también resulta posible destinar el subsidio al pago de remuneraciones netas de nuevos empleados abocados a las tareas pertinentes, por el plazo del período de prueba establecido por la Ley de Contrato de Trabajo.

Las empresas que apliquen, serán calificadas teniendo en cuenta: el impacto en las economías regionales, inclusión laboral de mujeres y otros colectivos, y la contribución para el acceso al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento (Ley 27.506). Además las empresas que quieran acceder deben haber comenzado a facturar antes del 1° de enero de 2021.

Finalmente, y como dato relevante, cabe consignar que esta primera convocatoria finaliza a los 60 días corridos de la publicación de la Resolución ya referida en el Boletín Oficial.

Es importante destacar que, según la información que proporciona el Ministerio de Desarrollo Productivo, la norma surge a raíz de constatar que en 2019, último año de vigencia de la Ley de Promoción del Software, de las 521 empresas que hay en el registro solo 10 recibieron el 50% de los incentivos fiscales del Estado y, de esas, el 81% estaban ubicadas en el AMBA. No sólo había concentración geográfica y por tamaño, sino que las 521 compañías representan menos del 10% del total de las 5.100 empresas de software radicadas en Argentina.

En definitiva, la iniciativa tiene como objetivo principal ampliar la base de empresas con posibilidades de acceder a lo largo y a lo ancho del país a los beneficios de la ley, para que las de menor tamaño, y en zonas menos favorables, puedan prepararse con posibilidades reales de aplicar al régimen y gozar de todos los beneficios.

(*) Socia y consultora de Misión Pyme SMS

(**) Director de Finanzas Corporativas de SMS Buenos Aires

Seguí leyendo

Enterate primero

Economía + las noticias de Argentina y del mundo en tu correo

Indica tus temas de interés