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El Gobierno publicó el DNU que oficializa las nuevas restricciones

DNU-RESTRICCIONES
DNU-RESTRICCIONES
08 abril de 2021

Esta tarde el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que establece las medidas generales para frenar la segunda ola del coronavirus que anunció ayer el presidente Alberto Fernández. Estas entrarán en vigencia en todo el país a las 00 hs del viernes y se extenderá hasta 30 de abril.

La norma considera que el aumento de casos positivos que hubo en los últimos días, hasta alcanzar un pico de más de 22.000 contagiados en un día, hace necesario implementar restricciones para frenar la circulación del virus. “Que el presente decreto se dicta con el fin de contener y mitigar la propagación de la epidemia de COVID-19 con la finalidad de preservar la salud pública, adoptándose en tal sentido medidas proporcionadas a la amenaza que se enfrenta, en forma sectorizada, razonable y temporaria”, detemina el documento.

https://twitter.com/boletin_oficial/status/1380213126155677700

Medidas que establece el DNU

A nivel nacional, se suspenden para todo el país los viajes grupales de Egresados, de Estudio y de Grupos Turísticos. Tampoco están permitidas las actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas. Sin embargo, se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todo el territorio.

Asimismo, fomenta el teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral bajo esta modalidad. Además, los agentes del Sector Público deberán priorizar la prestación de servicios mediante esta modalidad.

En el caso de los partidos y departamentos de más de 40.000 habitantes que alcancen los parámetros sanitarios, serán considerados lugares de "Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario". Para ellos, se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados, y las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.

También se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día, y se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs. Ahora los eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios tendrán que cumplir un aforo de 30%. A su vez, ya no tienen permitido la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.

En el caso de las zonas de mediano riesgo epidemiológico y sanitario, el decreto determina que “es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios”. Por lo tanto, las autoridades locales podrán limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario

Circulación

En el caso de ser necesario circular en el horario que no está permitido, se puede tramitar un certificado de circulación. Podrán acceder a él las personas que realicen actividades esenciales, actividades productivas autorizadas y la asistencia a un establecimiento educativo. También se podrá pedir un permiso especial para hacer un trámite urgente, un tratamiento, vacunarte, trasladar tus hijos o hijas o asistir a un familiar.

Las personas que tramitaron anteriormente permisos de circulación hasta el día de la fecha siguen activos incluyendo aquellos permisos vinculados a la actividad educativa (docentes, no docentes, alumnos/as y acompañantes). Una vez ya autorizado el permiso,es necesario que cada persona lo lleve consigo, ya sea mediante la aplicación Cuidar, Mi Argentina o descargándolo del sitio web Circular.

El transporte público está reservado exclusivamente para quienes cumplen tareas esenciales, se trasladen a establecimientos educativos o piden el permiso especial. Quien incluyó la SUBE en la gestión del permiso previamente y realiza actividades esenciales, tiene el uso de transporte público habilitado.

Por último, en el caso particular del AMBA, el traslado de los trabajadores/as a cargo del empleador y se suspende la asistencia al trabajo para personas de riesgo.

El permiso se puede sacar y descargar desde el sitio web www.argentina.gob.ar/circular

Además se pueden consultar las actividades autorizadas en: https://www.argentina.gob.ar/circular/actividades-permitidas

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