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Argentina legalizó el autocultivo de cannabis y la venta de aceites en farmacias

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12 noviembre de 2020

El Gobierno reglamentó hoy por la madrugada la ley de uso medicinal de cannabis, que "facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos" y busca asegurar "el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias", incluso a través del "autocultivo o el cultivo solidario", establece la regulación del cultivo doméstico y el expendio en farmacias de aceites y cremas producidas con esta planta

La norma establece que las obras sociales, el Estado y las prepagas "garanticen" el acceso. Otorga al médico "un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes" y contempla la provisión "en forma gratuita por parte del Estado" de derivados de la planta a quienes tengan "indicación médica".

La reglamentación modelo 2020 habilita no solo a importar productos medicinales de cannabis, que ya estaba permitido aunque solo para las epilepsias refractarias y vía ANMAT con un trámite engorroso, sino también el expendio en farmacias habilitadas para vender y producir “formulaciones magistrales”, como aceites, tinturas o cremas. Es decir que quien no quiera, no le interese o no pueda cultivar en su casa podrá conseguirlo sin dificultades.

Hasta ahora, la mayoría de los usuarios que no accede al cultivador solidario consume en el mercado negro, sin control de la calidad de la sustancia.

Fuentes oficiales indicaron que el decreto 883/2020, publicado este jueves en el Boletín Oficial, deroga y reemplaza la reglamentación dispuesta en 2017.

La norma crea el "Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales", en el marco del Ministerio de Salud.

"El acceso al cannabis y sus derivados deberá ser garantizado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga o por el Estado para quienes no posean cobertura de salud", señala la reglamentación oficial

El nuevo decreto reglamentario "facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos y avanza en garantizar el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias, otorgándole al médico un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes", indicaron los portavoces.

Entre los objetivos figuran "la promoción dirigida a equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil y la implementación de acciones de concientización sobre el uso del cannabis y sus derivados".

También, apunta al "desarrollo de guías de asistencia, tratamiento y accesibilidad; la provisión en forma gratuita por parte del Estado de derivados de la planta para pacientes que cuenten con indicación médica y con cobertura pública exclusiva, y el impulso de investigaciones relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados".

Asimismo, "se autoriza, previa inscripción en el nuevo Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) el acceso al aceite de cannabis a través del autocultivo, el cultivo solidario o bien a través de la utilización de especialidades medicinales, en los casos en que exista indicación médica".

“El Estado Nacional brindará colaboración técnica que impulse la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación en los laboratorios de Producción Pública de Medicamentos. La dispensación del producto se realizará a través del Banco Nacional de Drogas Oncológicas y/o en las farmacias habilitadas por el Programa”, dice la reglamentación.

El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Conicet podrán cultivar cannabis y el Instituto Nacional de Semillas (INASE) será el encargado de regular "las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de esta especie que permitan la trazabilidad de los productos vegetales", establece la medida.

Los portavoces destacaron que "la nueva reglamentación surge de un proceso de diálogo entre el Ministerio de Salud con organizaciones no gubernamentales, sociedades científicas y organismos públicos involucrados".

Euforia de las ONGs

Tras conocerse la publicación en el Boletín Oficial, organizaciones y dirigentes celebraron el texto nuevo en las redes sociales.

"La nueva reglamentación es un avance que nos compromete a seguir trabajando por ampliar derechos. La libertad de la planta es la libertad de todes", escribió en Twitter Mama Cultiva, una de las agrupaciones que motivó el debate y la sanción de la ley.

https://twitter.com/MamaCultivaArg/status/1326735809786093576?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1326735809786093576%7Ctwgr%5Eshare_3&ref_url=https%3A%2F%2Fwww.telam.com.ar%2Fnotas%2F202011%2F534608-cannabis-medicinal-reglamentacin-decreto.html

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