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La pelea por la Justicia azuza más dudas sobre quién manda

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Oscar Muiño 21 septiembre de 2020

Por Oscar Muiño

“¿Con quién tengo que hablar para resolver esto?”. La pregunta de siempre. La necesidad de saber cómo funcionan las cosas en un gobierno, una empresa, un sindicato, un club o sociedad de fomento.  Conocer el sistema de toma de decisiones, quién es el decisor final, la palabra última que decide el curso a seguir.

Las diferencias entre funcionarios (como viene ocurriendo entre el Ministerio de Hacienda y el Banco Central, un clásico en muchas administraciones) son habituales en diversos gobiernos.

El sorpresivo manotazo a los fondos del “amigo” Horacio Rodríguez Larreta cambió el clima. La escalada por la reforma judicial y la remoción de jueces están creando la preocupante percepción que se está cumpliendo la agenda de la vicepresidenta, muy distinta de los discursos anti-grieta de la Casa Rosada. Como los hechos se imponen por encima de las palabras, crece la inquietud por quién toma las decisiones. La duda afecta, sobre todo, la imagen presidencial. El silencio de los líderes peronistas ?gobernadores, intendentes y referentes- aumenta esa imagen de soledad.

¿Qué pasa en Tribunales?

El Senado acaba de considerar que diversos jueces asumieron sus cargos sin derecho a hacerlo. La oposición asegura que el desplazamiento es político y se origina en sus fallos contra CFK.

El macrismo arguye que  la federalización de los tribunales orales hecha por la presidencia de Mauricio Macri elimina el requisito.  Un juez nombrado por el Senado, en este esquema, podría ser movido a cualquier tribunal equivalente. Una objeción es que tal federalización no fue producto de una ley del Congreso sino de un acto del PEN.

El macrismo vivía el bloqueo parlamentario y algunos asesores de Macri imaginaron una tangente. Como toda tangente, tiene puntos de contacto con la legalidad, sin llegar a ser irreprochable. Dado que los jueces de tribunales orales tenían tratamiento de camarista y ganaban idéntico salario a los camaristas federales del fuero penal, Macri dictaminó que ya contaban con el acuerdo del Senado y resultaba redundante un nuevo acuerdo.  Lo hizo a través de un decreto, que refrendaba una decisión del Consejo de la Magistratura, en ese momento con mayoría de Cambiemos.

El kirchnerismo asegura que los magistrados involucrados fueron trasladados por el macrismo para garantizar la persecución penal contra los K.

En rigor, el tema jurídico -del que pocos hablan- parece mucho más complejo. La doctrina dista de ser pacífica. Algunos juristas confirman que los jueces pueden cambiar de tribunal sin trámites. Otros expertos consideran indispensable un nuevo acuerdo del Senado.

De hecho, hubo magistrados que exigieron el acuerdo del Senado para su traslado o para aceptar colegas en cuerpos colegiados. Ellos están convencidos que la necesidad del nuevo acuerdo convertía la designación en irreprochable y bloqueaba los intentos manipuladores de cristinistas primero y del macrismo más tarde. Las preguntas y las sospechas no oxigenan la indispensable necesidad de imparcialidad que se requiere de los tribunales.

La letra de la ley

¿Qué hacer si se invalidan los traslados de cada juez que salió de su función?  Si solo hubiera interinatos o subrogancias sería sencillo. El juez vuelve a su cargo y el subrogante a su casa o destino anterior. Si, en cambio, hubiera un concurso en trámite la situación se torna más complicada.  Los concursantes podrían alegar sus derechos en expectativa y exigir la continuidad del concurso. En este caso, la solución sólo llegará por vía judicial. Podría un juez aceptar los reclamos de éstos o ?más probable- reponer al juez en su cargo anterior.

Aquí viene el escenario más complejo. ¿Qué pasaría si un juez ya fue reemplazado por un sustituto con acuerdo del Senado? En tal caso, el último nombrado tendría garantizada su estabilidad y el juez que partió debería sufrir aquel proverbio que marca “el que fue a Sevilla, perdió su silla”.  Pero  nuestro sistema jurídico no se basa en refranes sino en una norma que marca que un juez sólo puede cesar por renuncia, destitución por juicio político  o jubilación.

En caso que los jueces hayan estado mal designados, ¿qué pasaría con sus sentencias? ¿Y con sus investigaciones?  ¿Habría que anular todas las decisiones judiciales emitidas en tal carácter? No, esto contraría la doctrina histórica de la Corte, en el sentido que, sean cuales fueren los motivos que producen las objeciones a determinados jueces, se convalida lo actuado por ellos. Un marco de seguridad jurídica mínima que se evaporaría si toda decisión pudiera ser revocada más adelante. La misma doctrina que en general autorizó la legalidad de los actos derivados de decretos de gobiernos de facto.

Cristina no gobierna. Pero parece. ¿Por qué? Porque las palabras y buenas intenciones que gusta repetir Alberto no se llevan a la práctica. Salvo aquellas que se ejercen por omisión: no suele haber descalificación en sus discursos, aunque están comenzando a esbozarse, acaso al compás de la sostenida caída de confianza en su gobierno.

Hace medio siglo, dos simpáticas series norteamericanas ganaron aceptación en Argentina. Una se llamaba “Papá lo sabe todo”. La otra, “Pero es mamá quien manda”. Nada se pierde, todo se transforma?

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