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La infantil reacción de EE.UU. ante un fallo adverso de la OMC

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21 septiembre de 2020

Por Jorge Riaboi Diplomático y periodista

 El nerviosismo que exhibió la pasada semana el Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), el embajador Robert (Bob) Lighthizer, ante el fallo adverso que recibió su país del panel de la OMC que juzgó los reclamos de China por el unilateral aumento de los aranceles de importación que vienen afectando a una sustantiva porción de sus exportaciones a ese mercado, dejó en el ambiente un tufillo a desconcierto político y legal. Sus argumentos no conmovieron a una ciudad en la que hay más lobistas y consultores que gente normal. En Washington casi nadie ignora que los litigios se pueden ganar o perder sin necesidad de darle carácter épico a un enfoque mercantilista y chanta.

Salvo Donald Trump, el resto de la clase dirigente sabe que el país suele ganar la mayor parte de los pleitos más o menos lógicos que inicia contra los restantes 163 miembros de la OMC.

Bob destacó que su Gobierno se propone rechazar el contenido del  panel, un enfoque que no ayudará a mejorar las cosas. Aunque la sociedad comparte la idea de que los vínculos con China son muy difíciles, y que muchos de ellos dañan severamente la economía y el desarrollo tecnológico, al mismo tiempo percibe que las guerras comerciales del jefe de la Casa Blanca no resolvieron nada, son recesivas, generan inflación de costos  y expanden el número de conflictos del planeta.

En semejante escenario es indispensable reconectar el cerebro. Con sólo apelar el fallo ante el Organo de Solución de Diferencias, Washington podría dejar congelado el tema. Ello se debe a que el Organo de Apelación de la OMC está fuera de servicio gracias al estado de coma inducido que decidieron crear los estrategas  estadounidenses. Hoy apelar supone cajonear el proceso. Esto último explica porque el gabinete de la Casa Blanca está comodísimo con el despelote que armó al noquear las actividades de ese órgano clave del sistema de solución de diferencias.

Tal movida tampoco deja bien parado a Lighthizer, cuando sostiene que el resultado del panel arroja luz sobre lo inservible que es la OMC para resolver las prácticas ilícitas del gobierno chino. La perversidad de Pekín no convierte en sensatas los torpes malabares de Estados Unidos, cuya dirigencia primero sabotea el funcionamiento de la Organización y después alega, con cara de ángel,  que ésta carece de utilidad. ¿Es que acaso el USTR siguió la hoja de ruta prevista por el Sistema Multilateral de Comercio, como tratar de que sus agravios sobre propiedad intelectual se discutan en el Comité sobre Propiedad intelectual; en consultas bilaterales sistémicas y finalmente en un panel sobre TRIPS? Si la Casa Blanca imagina que justicia es tener carta blanca unilateral, repito unilateral, para maniatar a China, estamos en el horno.

Si en verdad Donald y sus apóstoles esperaban un resultado distinto para las decisiones que su gobierno adoptó a partir del segundo trimestre de 2018, eso nos da la idea de que en Washington existe amnesia selectiva acerca de que la Ronda Uruguay del GATT se propuso, entre sus fines prioritarios, acabar con ese unilateralismo y, por lo visto, no lo consiguió. Que el sistema necesite reformas, no justifica el dar la espalda a los actuales derechos y obligaciones, o rienda suelta a la acción directa.  Salvo, claro está, que Washington realmente haya creído que una versión manipulada de sus leyes de comercio estadounidenses de 1974 y 1962 es intocable y sus decisiones deben considerarse ley universal. Que eso último lo imagine el asesor presidencial Peter Navarro tiene cierto sentido, por cuanto nadie olvida lo que nunca supo.

Y eso que las autoridades chinas tampoco se animaron a desafiar a secas la prioridad que asigna  la legislación doméstica respecto de los tratados internacionales (enfoque que realmente existe en los principios y reglas vertebrales de Estados Unidos), cuando se introdujo en parte de su ley nacional el Artículo XVI:4 y otras disposiciones del Acuerdo de Marrakech que estableció la OMC. Un texto que dispone que “?cada miembro debe asegurar la conformidad de sus leyes, regulaciones y procedimientos administrativos con sus obligaciones tal como éstas se describen en los Acuerdos anexos” (se refiere a todos los acuerdos y resoluciones que integran las reglas específicas de la OMC).

Sin duda, el antedicho ejercicio de consistencia no está hecho y su potencial resultado no es sencillo de adivinar. El panel de marras no le otorgó razón ni estuvo en su temario el discutir las barbaridades de política comercial que suele hacer día tras día el gobierno de la República Popular China (RPCh), así como tampoco impide promover la necesaria modernización del Sistema Multilateral de Comercio, el que está muy lejos de la perfección. El asunto es que, a los efectos de este caso, Pekín entendió con astucia las virtudes de usar la legalidad y  la paciencia, no el aludido derecho a la acción directa al que se creen autorizados nuestros amigos de Washington. Esto trae a colación la estrategia de las guerras comerciales, las que hasta ahora sólo aportaron caos e irritación en la economía global. Y lo digo con la credencial de haber sido parte activa de la ultracompleja accesión de China a la OMC.

Antes de comentar las conclusiones del panel que hicieron saltar la térmica sin grandes razones para ello, hay una importante anécdota que muestra cuán despegada del piso está la clase política estadounidense, algo que no parece excluir al candidato opositor Joe Biden, ya que en los pasillos (Financial Times) se dice que contempla la posibilidad de retener a Lighthizer en su eventual gabinete (ver mi columna anterior).

Según la cadena Bloomberg, otro Bob, Woodward, acaba de provocar una detonación nuclear con su nuevo libro “Furia” (Rage), donde cuenta que Trump le confirmó algo que mis colegas del Asia y otras regiones comentaban como hecho de público conocimiento.  A principios de este año, el Primer Mandatario estadounidense le habría mencionado al entonces Director General de la OMC, el embajador brasileño Roberto Azevedo, que Estados Unidos quería obtener el mismo trato, de país en desarrollo, que el Sistema Multilateral de Comercio otorga a China e India. También que, de no concretarse tal arreglo a breve plazo, dispondría el inmediato retiro estadounidense de esa organización.

Un tiempo después de ese chantaje, Azevedo informó que el 31 de agosto daría por terminada, un año antes, sus funciones en esa Organización.

Con esas demandas, tanto Trump como sus asesores jugaron a desconocer  dos hechos. El primero, que la secretaría es sólo un órgano de asesoramiento que no tiene facultad alguna para adoptar o impulsar decisiones, ya que la OMC es conducida por sus Miembros. Segundo, que una reforma de esa índole sólo puede emerger de un consenso específico de la Membrecía de la Organización, la que ya se había pronunciado drásticamente en contra del enfoque. Tal cosa no impide que Washington y otros Miembros puedan insistir o plantear lo que se les ocurra, siempre que lo hagan por las vías normales, no en estado catatónico o con ilegales acciones directas. En Ginebra la gente aún suele percibir la diferencia que media entre negociar y hacer terrorismo de guante blanco.

En lo personal yo estoy de acuerdo con que el Sistema debe reflexionar sobre la capacidad competitiva de sus miembros y acerca de si se justifica o no que  China, Singapur,  Corea del Sur y muchas otras naciones sigan gozando del status preferencial de país en desarrollo. A mi juicio la OMC debe considerar prioritariamente la antedicha capacidad y no importar el debate sobre la pobreza o riqueza de las naciones (Adam Smith podría usar dicha frase para escribir un librito sobre el tema).

El otro punto de contexto, es que objetivamente la terapia mercantilista del Presidente Trump no parece haber llegado muy lejos. El déficit bilateral de su comercio de bienes con China fue de US$ 347.000 millones en 2017, de US$ 418.000 millones en 2018 y se ubicó en los US$ 345.000 millones en 2019, antes de que la pandemia hiciera estragos en todo el planeta. En enero-julio de 2020, ese déficit se ubicaba en los US$ 163.000 millones, a costa de un sugestivo recorte del intercambio y a pesar de estar en vigencia la primera fase del discutible acuerdo bilateral con el Gobierno de Xi Jinping.

El Informe del Grupo Especial (panel) bajo análisis fue presidido por el experimentado y respetado embajador argentino Alberto J. Dumont (ex Secretario de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa), cuyos miembros examinaron los antecedentes que se pudieron hallar en 67 casos que aportaron antecedentes de interés para el litigio. El grupo aceptó la solicitud de 16 naciones que participaron en calidad de terceras partes interesadas, entre las que cabe mencionar a Brasil, Australia, Nueva Zelanda, la Unión Europea y Rusia.

Básicamente las conclusiones del panel determinaron tres hechos sustantivos: a) que Estados Unidos no actuó en forma consistente con las disposiciones del Artículo I del GATT 1994, la denominada cláusula de Nación más Favorecida, al aplicarle a China  aranceles y ventajas que ignoran la obligación legal de dar tratamiento no discriminatorio, incondicional  y automático a sus concesiones; b) que ese país no respetó las obligaciones consolidadas (techos legales) que figuran en su Lista Nacional ante la OMC; y c) que Estados Unidos no fundamentó adecuadamente las supuestas cuestiones morales que dieron pie a su decisión de política arancelaria bajo el Artículo XX del GATT (el que se refiere a las Excepciones Generales).

En virtud de tales inconsistencias, el panel encontró que hay causas justificadas para establecer que las acciones de Estados Unidos nulifican o menoscaban los derechos de la RPCh e invita al Gobierno de Washington a poner sus medidas en conformidad con las reglas del GATT 1994.

Adicionalmente, en un acto innovador y de transparencia hacia las partes, el panel explicó en cuatro párrafos los hechos ambientales y legales ajenos al panel que éste conocía al adoptar sus enfoques. A Washington y Pekín les toca decidir cómo se proponen honrar las exigencias de la  ley internacional.

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